{"id":54,"date":"2024-11-18T21:46:27","date_gmt":"2024-11-18T21:46:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.rotarypozuelovilla.org\/?page_id=54"},"modified":"2024-11-18T21:46:27","modified_gmt":"2024-11-18T21:46:27","slug":"reglamento-de-rotary-international","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.rotarypozuelovilla.org\/?page_id=54","title":{"rendered":"Reglamento de Rotary International"},"content":{"rendered":"\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Art\u00edculo 1 Definiciones<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Directiva:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 la Junta Directiva de RI<\/li>\n\n\n\n<li>Club:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 un club rotario<\/li>\n\n\n\n<li>Documentos estatutarios:\u00a0\u00a0\u00a0 los <em>Estatutos y el Reglamento de RI <\/em>y los <em>Estatutos<\/em> prescritos a lo clubes rotarios<\/li>\n\n\n\n<li>Gobernador:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0el gobernador de un distrito rotario<\/li>\n\n\n\n<li>Socio:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0socio de un club rotario que no sea socio honorario<\/li>\n\n\n\n<li>RI:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Rotary International<\/li>\n\n\n\n<li>RIBI:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0la unidad territorial administrativa de RI en Gran Breta\u00f1a e Irlanda<\/li>\n\n\n\n<li>Club Rotaract:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0club para adultos j\u00f3venes<\/li>\n\n\n\n<li>Rotaractiano:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0socio de un club Rotaract<\/li>\n\n\n\n<li>Club sat\u00e9lite:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 un club en potencia cuyos socios pertenecen tambi\u00e9n a un club<\/li>\n\n\n\n<li>LFR:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 La Fundaci\u00f3n Rotaria<\/li>\n\n\n\n<li>Escrito:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 toda comunicaci\u00f3n que pueda documentarse, independientemente del m\u00e9todo de transmisi\u00f3n<\/li>\n\n\n\n<li>A\u00f1o:\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 per\u00edodo de doce meses que comienza el 1 de julio<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 2 Miembros de Rotary International<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>2.010. <em>Solicitud de ingreso como club miembro de RI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La solicitud de ingreso como miembro de RI, ya se trate de un club rotario o de un club Rotaract, se presentar\u00e1 a la Directiva. La solicitud se presentar\u00e1 acompa\u00f1ada de la cuota de ingreso que fije la Directiva. El club ser\u00e1 admitido la fecha en que la Directiva apruebe la solicitud.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.010.1. <em>Nuevos clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo nuevo club tendr\u00e1 un m\u00ednimo de 20 socios fundadores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.020. <em>Localidad de un club.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Podr\u00e1 organizarse un club en una localidad en la que ya funcionen uno o m\u00e1s clubes. La localidad de un club que realiza sus actividades principalmente en l\u00ednea ser\u00e1 mundial o la que determine la directiva del club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.030. <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todos los clubes adoptar\u00e1n los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios, <\/em>as\u00ed como toda enmienda futura.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Enmiendas a los Estatutos prescritos a los clubes rotarios.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Un club podr\u00e1 enmendar los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios <\/em>seg\u00fan lo dispuesto en los documentos estatutarios. Tales enmiendas pasar\u00e1n autom\u00e1ticamente a formar parte de los <em>Estatutos <\/em>del club.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Clubes admitidos antes del 6 de junio de 1922.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los clubes admitidos antes del 6 de junio de 1922 adoptar\u00e1n los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios<\/em>, aunque podr\u00e1n conservar las variaciones remitidas a la Directiva antes de 1990. Tales variaciones se incorporar\u00e1n a sus <em>Estatutos <\/em>en car\u00e1cter de art\u00edculo suplementario, el cual solo podr\u00e1 ser enmendado para contar con una versi\u00f3n que concuerde mejor con los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios <\/em>vigentes<em>.<\/em><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Excepciones a los Estatutos prescritos a los clubes rotarios<\/em>.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Con el voto afirmativo de dos terceras partes de sus integrantes presentes, la Directiva podr\u00e1 aprobar excepciones a los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios <\/em>cuando as\u00ed lo requieran las leyes o costumbres locales o en circunstancias excepcionales, siempre que dichas disposiciones no contravengan los <em>Estatutos <\/em>ni el <em>Reglamento de RI<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.040. <em>Estatutos prescritos a los clubes Rotaract.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva establecer\u00e1 y podr\u00e1 enmendar los <em>Estatutos prescritos a los clubes Rotaract<\/em>. Todos los clubes adoptar\u00e1n los <em>Estatutos prescritos a los clubes Rotaract. <\/em>Tales enmiendas pasar\u00e1n a formar parte autom\u00e1ticamente de los <em>Estatutos <\/em>del club Rotaract.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.040.1<em>. Excepciones a los Estatutos prescritos a los clubes Rotaract.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Con el voto afirmativo de dos terceras partes de sus integrantes presentes, la Directiva podr\u00e1 aprobar excepciones a los <em>Estatutos prescritos a los clubes Rotaract <\/em>cuando as\u00ed lo requieran las leyes o costumbres locales o en circunstancias excepcionales, siempre que dichas disposiciones no contravengan los <em>Estatutos <\/em>ni el <em>Reglamento de RI<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.050. <em>Fumadores.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los socios e invitados deber\u00e1n abstenerse de fumar durante las reuniones y otras funciones de Rotary.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2.060. <em>Fusi\u00f3n de clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Dos o m\u00e1s clubes de un mismo distrito podr\u00e1n fusionarse voluntariamente, siempre que est\u00e9n al d\u00eda con sus obligaciones econ\u00f3micas y de cualquier otra \u00edndole para con RI, y la Directiva apruebe la fusi\u00f3n. La solicitud ir\u00e1 acompa\u00f1ada de una constancia en la cual cada uno de los clubes exprese su deseo de fusionarse. Se podr\u00e1 organizar un club fusionado dentro de una localidad donde ya existan uno o m\u00e1s clubes rotarios. La Directiva podr\u00e1 permitir a los clubes fusionados que mantengan el nombre, la fecha de constituci\u00f3n, el emblema u otras insignias rotarias de cualquiera de los clubes fusionados.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 3 Renuncia, suspensi\u00f3n o p\u00e9rdida de la calidad de miembro de RI<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>3.010. <em>Renuncia a la condici\u00f3n de miembro de RI por parte de un club o club Rotaract.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo club o club Rotaract podr\u00e1 renunciar a su condici\u00f3n de miembro, previo cumplimiento de sus obligaciones econ\u00f3micas y de cualquier otra \u00edndole para con RI, con la autorizaci\u00f3n de la Directiva. Dicha renuncia entrar\u00e1 en vigor al ser aceptada por la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3.020. <em>Sanci\u00f3n, suspensi\u00f3n o baja de un club o club Rotaract por parte de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Suspensi\u00f3n o baja.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 decretar la suspensi\u00f3n o dar de baja a un club o club Rotaract que:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>no pague sus cuotas a RI, no cumpla otras obligaciones financieras o no efect\u00fae las contribuciones requeridas al fondo distrital;<ul><li>a cuyas filas pertenezca un rotario o rotaractiano que hubiera malversado fondos de LFR o que hubiera infringido las normas para la custodia de fondos establecidas por LFR;<\/li><\/ul><ul><li>inicie o mantenga demandas judiciales en contra de RI, o LFR o el distrito, o a cuyas filas pertenezca un rotario o rotaractiano que inicie o mantenga demandas judiciales en contra de la organizaci\u00f3n, incluidos sus directores, fiduciarios, funcionarios, agentes y empleados, sin haber agotado las alternativas estipuladas en los documentos estatutarios; o<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>no aborde debidamente toda acusaci\u00f3n de infracci\u00f3n a las normas de protecci\u00f3n a la juventud en contra de un socio o rotaractiano, en relaci\u00f3n con los programas para j\u00f3venes que auspicia Rotary.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>3.020.2 <em>Suspensi\u00f3n por falta de presentaci\u00f3n de informes sobre cambios en la membres\u00eda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 decretar la suspensi\u00f3n de todo club o club Rotaract que no notifique oportunamente a RI los cambios que se produzcan en su membres\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Baja por falta de funcionamiento.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 dar de baja a todo club o club Rotaract que cesara de funcionar, reunirse regularmente u operar en cualquier forma, solo despu\u00e9s de haber solicitado al gobernador que presente un informe respecto a las circunstancias que justifican tal decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Baja por falta de socios.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 dar de baja a un club que cuente con menos de seis socios a solicitud del gobernador.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Medidas disciplinarias, suspensi\u00f3n o baja por causas justificadas.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 tomar medidas disciplinarias, suspender o dar de baja a un club o club Rotaract por causas justificadas siempre que se le hubiera dado la oportunidad de una audiencia. Por lo menos 30 d\u00edas antes de la audiencia, la Directiva notificar\u00e1 al presidente y al secretario del club o club Rotaract los cargos imputados, as\u00ed como la fecha, el lugar y la modalidad de tal audiencia. A la audiencia podr\u00e1n asistir el representante legal del club o club Rotaract, as\u00ed como el gobernador o un exgobernador que este designara en su lugar, cuyos gastos de asistencia correr\u00e1n por cuenta del distrito. Despu\u00e9s de la audiencia, la Directiva podr\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>sancionar o suspender al club o club Rotaract por mayor\u00eda de votos o\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>dar de baja al club o club Rotaract por unanimidad de votos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Per\u00edodo de suspensi\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva decretar\u00e1 la restituci\u00f3n de los derechos de afiliaci\u00f3n de un club o club Rotaract suspendido cuando:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>se hubiera constatado el pago total de las cuotas a RI u otras obligaciones financieras o de las contribuciones aprobadas al fondo distrital;<ul><li>se hubiera dado de baja a todos los socios que hubiesen malversado fondos de LFR o infringido las normas de custodia de fondos de LFR;<\/li><\/ul><ul><li>se haya abordado debidamente toda acusaci\u00f3n de infracci\u00f3n a las normas de protecci\u00f3n a la juventud en contra de un socio o rotaractiano, en relaci\u00f3n con los programas para j\u00f3venes que auspicia Rotary; o<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>resuelto toda circunstancia que fuera la causa de la suspensi\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si dentro de un per\u00edodo de seis meses no se hubiera resuelto la causa de la suspensi\u00f3n, la Directiva dar\u00e1 de baja al club o club Rotaract.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3.030. <em>Derechos del club o club Rotaract suspendido.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante el per\u00edodo de la suspensi\u00f3n, el club o club Rotaract no gozar\u00e1 de los derechos le que confiere el <em>Reglamento de RI<\/em>, aunque s\u00ed de los derechos conferidos en los <em>Estatutos de RI<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3.040. <em>Derechos del club o club Rotaract dado de baja.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El club o club Rotaract dado de baja se abstendr\u00e1 de usar el nombre, el emblema y otros distintivos de RI ni tendr\u00e1 derecho de propiedad sobre los bienes de RI. Deber\u00e1, adem\u00e1s, devolver la carta constitutiva a RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3.050. <em>Reorganizaci\u00f3n de un club.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 reorganizar un club dado de baja o autorizar la organizaci\u00f3n de un nuevo club en la misma localidad, sujeto al pago de una cuota de admisi\u00f3n o deuda pendiente con RI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 4 Socios de los clubes<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>4.010. <em>Clases de socios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un club tendr\u00e1 dos clases de socios: socios activos y socios honorarios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.020. <em>Socios activos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todos aquellos que re\u00fanan los requisitos estipulados en el apartado (a), de la secci\u00f3n 2 del Art\u00edculo 4 de los <em>Estatutos de RI <\/em>podr\u00e1n ser admitidos en calidad de socios activos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.030. <em>Exrotario o rotario que se transfiere a otro club.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un socio o un club anterior podr\u00e1 proponer a un exsocio o a un socio que se transfiere a otro club. No se consideran aptos los posibles socios que tuvieran deudas pendientes con otro club. Todo club que desee admitir a un exsocio de otro club rotario deber\u00e1 exigir constancia por escrito, emitida por el club anterior, de que el interesado no debe saldo alguno a dicho club. La admisi\u00f3n en calidad de socio activo de un socio que se transfiere o de un exsocio estar\u00e1 sujeta a la presentaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n escrita por parte de la directiva del club anterior, confirmando su afiliaci\u00f3n en el pasado y cualquier saldo pendiente que el socio o exsocio tuviera con dicho club. De no emitirse una declaraci\u00f3n escrita dentro de los 30 d\u00edas, se interpretar\u00e1 que el socio en cuesti\u00f3n no adeuda dinero a tal club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.040. <em>Prohibici\u00f3n de doble afiliaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ning\u00fan socio podr\u00e1 simult\u00e1neamente:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>pertenecer a m\u00e1s de un club, salvo que se trate de un ente sat\u00e9lite de un club, ni<\/li>\n\n\n\n<li>ser socio honorario del mismo club.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>4.050. <em>Socios honorarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los clubes podr\u00e1n elegir socios honorarios por el per\u00edodo que decida la directiva del club, quienes:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>estar\u00e1n exentos del pago de las cuotas ordinarias;<\/li>\n\n\n\n<li>no tendr\u00e1n derecho a voto;<\/li>\n\n\n\n<li>no podr\u00e1n desempe\u00f1ar ning\u00fan cargo en el club;<\/li>\n\n\n\n<li>no representar\u00e1n una clasificaci\u00f3n; y<\/li>\n\n\n\n<li>podr\u00e1n asistir a todas las reuniones y disfrutar de los dem\u00e1s privilegios que corresponden a los socios del club, pero no gozar\u00e1n de derechos ni privilegios en ning\u00fan otro club, excepto el de visitar otros clubes sin que los invite un rotario.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todos aquellos que se hayan destacado por haber prestado servicios meritorios que contribuyan al fomento de los ideales de Rotary y aquellos considerados amigos de Rotary por el apoyo que brindan a la causa de esta organizaci\u00f3n podr\u00e1n ser elegidos socios honorarios en m\u00e1s de un club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.060. <em>Socios de los clubes Rotaract.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un club Rotaract estar\u00e1 compuesto de adultos j\u00f3venes, conforme a lo que disponga la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.070. <em>Diversidad de la membres\u00eda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo club o club Rotaract deber\u00e1 esforzarse por contar con una membres\u00eda equilibrada que refleje la diversidad, equidad e inclusi\u00f3n deseada. Ning\u00fan club o club Rotaract, independientemente de su fecha de ingreso, podr\u00e1 restringir la admisi\u00f3n de una persona por su sexo, raza, color de piel, religi\u00f3n, nacionalidad u orientaci\u00f3n sexual, ni establecer condiciones de afiliaci\u00f3n al club no permitidas en los <em>Estatutos <\/em>o el <em>Reglamento de RI. <\/em>Toda disposici\u00f3n o condici\u00f3n en materia de admisi\u00f3n que contraviniera esta secci\u00f3n ser\u00e1 considerada nula, inv\u00e1lida y sin efecto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.080. <em>Asistencia a las reuniones de otros clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los rotarios y rotaractianos podr\u00e1n asistir a la reuni\u00f3n ordinaria o a la reuni\u00f3n de un club sat\u00e9lite de otros clubes. No obstante, un socio dado de baja por causa justificada no podr\u00e1 asistir a una reuni\u00f3n ordinaria ni a la reuni\u00f3n del club sat\u00e9lite de su antiguo club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.090. <em>Apadrinamiento de socios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo socio podr\u00e1 proponer socios potenciales a cualquier club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.100. <em>Excepciones a las disposiciones sobre membres\u00eda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Un club podr\u00e1 adoptar disposiciones que no est\u00e9n en consonancia con las secciones 4.010., y de la 4.030. a la 4.050., o que tengan precedencia a estas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 5 Junta Directiva de RI<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>5.010. <em>Deberes de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Finalidad.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva desplegar\u00e1 el mayor de los esfuerzos para promover los prop\u00f3sitos de RI, lograr el Objetivo de Rotary, difundir e inculcar sus principios fundamentales y preservar y avanzar sus ideales, valores \u00e9ticos y caracter\u00edsticas particulares en todo el mundo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Facultades.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva administra y supervisa los asuntos de RI mediante:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>el establecimiento de las normas que rigen a la organizaci\u00f3n<ul><li>la evaluaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n de dichas normas por parte del secretario general<\/li><\/ul><ul><li>el control y la supervisi\u00f3n de todos los funcionarios, funcionarios electos, funcionarios propuestos y miembros de comit\u00e9s de RI<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>el ejercicio de las dem\u00e1s facultades que le confieren los <em>Estatutos<\/em>, este <em>Reglamento <\/em>y la Ley General para organizaciones no lucrativas de 1986 del Estado de Illinois, y cualquier enmienda posterior.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Plan Estrat\u00e9gico.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva adoptar\u00e1 un plan estrat\u00e9gico e informar\u00e1 sobre el avance del mismo ante cada Consejo de Legislaci\u00f3n. Ser\u00e1 responsabilidad de cada director supervisar la implementaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de RI en la zona en la cual fue elegido, as\u00ed como en la zona alterna.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.020. <em>Publicaci\u00f3n de las decisiones y actas de las reuniones de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las actas de las reuniones y las decisiones de la Directiva se difundir\u00e1n a trav\u00e9s del sitio web de RI, dentro de los 60 d\u00edas posteriores a la reuni\u00f3n o decisi\u00f3n. Todos los anexos asentados con los registros oficiales de las actas, con excepci\u00f3n de aquellos materiales que la Directiva considere confidenciales o sujetos a derechos de propiedad, estar\u00e1n a disposici\u00f3n de los rotarios que as\u00ed lo soliciten. Los directores dar\u00e1n informes peri\u00f3dicos tanto en sus respectivas zonas como en la zona alterna acerca de las decisiones de la Directiva y sus actividades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.030. <em>Apelaci\u00f3n de las decisiones de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las decisiones de la Directiva podr\u00e1n apelarse \u00fanicamente por medio de una votaci\u00f3n en la que participar\u00e1n los representantes ante el Consejo de Legislaci\u00f3n, bajo las normas que establezca la Directiva. Todo club, con la concurrencia de por lo menos otros 24 clubes, podr\u00e1 interponer una apelaci\u00f3n ante el secretario general dentro de los cuatro meses de adoptada la decisi\u00f3n. Al menos la mitad de estos clubes deber\u00e1 encontrarse en distritos distintos al que pertenece el club que interpone la apelaci\u00f3n, la cual ser\u00e1 una resoluci\u00f3n adoptada en una reuni\u00f3n ordinaria del club, con la certificaci\u00f3n del presidente y secretario. Dentro de los 90 d\u00edas de haber sido recibida, el secretario general realizar\u00e1 una votaci\u00f3n entre los representantes ante el Consejo. Al considerar una apelaci\u00f3n, los delegados solo deber\u00e1n ratificar o revocar la decisi\u00f3n adoptada por la Directiva. No obstante, si el secretario general recibe dicha apelaci\u00f3n dentro de los tres meses anteriores a la pr\u00f3xima reuni\u00f3n ordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n, la apelaci\u00f3n se remitir\u00e1 al Consejo a efectos de decidir si debe ratificarse o no la decisi\u00f3n de la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.040. <em>Destituci\u00f3n de funcionarios e integrantes de los comit\u00e9s.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1, por causa justificada y previa audiencia, separar de su cargo a un funcionario, funcionario electo, funcionario propuesto o miembro de comit\u00e9. La Directiva remitir\u00e1 a la parte afectada, por lo menos 60 d\u00edas antes de la audiencia, una notificaci\u00f3n con los cargos imputados, en la cual se deber\u00e1 especificar la fecha, el lugar y la modalidad de la audiencia y entregarse personalmente o por otro medio de<\/p>\n\n\n\n<p>comunicaci\u00f3n r\u00e1pido. La parte afectada podr\u00e1 contar con representaci\u00f3n legal en la audiencia. Para aprobar la destituci\u00f3n, se requerir\u00e1 el voto afirmativo de dos tercios de toda la Directiva. La Directiva podr\u00e1, adem\u00e1s, hacer uso de la autoridad que le confiere la secci\u00f3n 16.060.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.050. <em>Reuniones de RI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Al planificar la Convenci\u00f3n, la Asamblea Internacional y el Consejo de Legislaci\u00f3n, la Directiva desplegar\u00e1 el mayor de los esfuerzos para garantizar que ning\u00fan rotario o rotaractiano sea excluido solo por su nacionalidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.050.1. <em>Convenci\u00f3n anual.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De conformidad con los <em>Estatutos de RI<\/em>, la Directiva determinar\u00e1 la fecha, el lugar y las cuotas, y realizar\u00e1 todos los arreglos necesarios para la Convenci\u00f3n anual. El presidente ser\u00e1 el funcionario que presida la reuni\u00f3n, quien podr\u00e1 designar a otras personas en su lugar. El presidente podr\u00e1 establecer un Comit\u00e9 de Credenciales, Escrutinio y otros que considere necesarios. La Directiva adoptar\u00e1 los procedimientos de votaci\u00f3n para la implementaci\u00f3n de las secciones 3 y 4 del Art\u00edculo 8 de los <em>Estatutos de RI <\/em>respecto a la representaci\u00f3n de los delegados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.060. <em>Reuniones de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Frecuencia, aviso y modalidad.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva se reunir\u00e1 en las fechas, el lugar y la modalidad que la misma determine o mediante convocatoria del presidente, siempre que se re\u00fana por lo menos dos veces por a\u00f1o. Al menos con 30 d\u00edas de anticipaci\u00f3n, el secretario general notifica a todos los directores sobre la celebraci\u00f3n de una reuni\u00f3n, a menos que se dispense de ella. Tanto las reuniones oficiales como toda participaci\u00f3n de los directores podr\u00e1n realizarse presencialmente, mediante teleconferencias, Internet u otros medios de comunicaci\u00f3n. La Directiva, sin reunirse, podr\u00e1 tomar acuerdos con la aprobaci\u00f3n por escrito y un\u00e1nime de todos los directores. El presidente propuesto ser\u00e1 un participante sin derecho a voto en las reuniones de la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Qu\u00f3rum.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La presencia de la mayor\u00eda de sus miembros constituir\u00e1 qu\u00f3rum, salvo en aquellos casos en que los <em>Estatutos <\/em>o el <em>Reglamento <\/em>requieran un n\u00famero mayor de votos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Primera reuni\u00f3n del a\u00f1o.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La nueva Directiva se reunir\u00e1 inmediatamente despu\u00e9s de la Convenci\u00f3n anual, en la fecha, el lugar y la modalidad que designe el presidente entrante. Para que entren en vigor, las decisiones adoptadas en dicha reuni\u00f3n deber\u00e1n ratificarse despu\u00e9s del 30 de junio, ya sea en una sesi\u00f3n o por los medios dispuestos en la secci\u00f3n 5.060.1.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.070. <em>Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 nombrar un Comit\u00e9 Ejecutivo integrado por entre cinco y siete de sus miembros, incluidos los miembros ex oficio<em>. <\/em>Este comit\u00e9 evaluar\u00e1 el desempe\u00f1o del secretario general al menos una vez al a\u00f1o y elevar\u00e1 su informe a la Directiva. Con la autorizaci\u00f3n de la Directiva, el Comit\u00e9 Ejecutivo podr\u00e1 tomar decisiones, siempre que se<\/p>\n\n\n\n<p>limiten a asuntos sobre los cuales ya se hubiera definido la pol\u00edtica de RI. Las atribuciones del Comit\u00e9 Ejecutivo que establezca la Directiva no podr\u00e1n contravenir las disposiciones de esta secci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.080. <em>Mandato y requisitos para el cargo de director<\/em>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Mandato.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo director servir\u00e1 un per\u00edodo de dos a\u00f1os, que comenzar\u00e1 el 1 de julio del a\u00f1o siguiente a su elecci\u00f3n, o hasta que su sucesor haya sido elegido.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Requisitos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo candidato deber\u00e1 haber prestado servicio como gobernador de distrito por un per\u00edodo completo antes de ser propuesto para el cargo de director, a menos que la Directiva decidiera que un mandato menor es satisfactorio, debiendo haber transcurrido un lapso de tres a\u00f1os desde que ocupara la gobernaci\u00f3n. Ninguna persona que haya ejercido el cargo de director durante un per\u00edodo completo \u2014tal como se define en el <em>Reglamento <\/em>o lo determine la Directiva\u2014 podr\u00e1 volver a integrar la Directiva, excepto en calidad de presidente o presidente electo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>5.090. <em>Discapacidad de un integrante de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si un miembro de la Directiva sufriera una discapacidad y se viera imposibilitado de cumplir con las funciones del cargo, este renunciar\u00e1 a su puesto con el voto de las tres cuartas partes de los directores.<\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>5.100. Vacantes en el cargo de director.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si se produjera una vacante, cualquiera que fuese el motivo, la Directiva designar\u00e1 al suplente seleccionado cuando se eligi\u00f3 al director, quien prestar\u00e1 servicio durante el resto del mandato. Si el suplente, por cualquier motivo, no pudiera prestar servicio, los dem\u00e1s miembros de la Directiva elegir\u00e1n a un director de la misma zona (o secci\u00f3n de la zona) en la cual se produzca la vacante, en su pr\u00f3xima reuni\u00f3n o por votaci\u00f3n seg\u00fan lo disponga el presidente de RI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 6 Funcionarios<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>6.010. <em>Elecci\u00f3n de funcionarios en la Convenci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los funcionarios que se eligen en la Convenci\u00f3n anual son el presidente, los directores y gobernadores de RI, y el presidente, el presidente electo y el tesorero honorario de RIBI. No obstante, no ser\u00e1 necesario llevar a cabo ninguna elecci\u00f3n si la Directiva determina que la selecci\u00f3n de dichos funcionarios se llev\u00f3 a cabo de conformidad con este <em>Reglamento<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.020. <em>Deberes de los funcionarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presidente.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El presidente ser\u00e1 el funcionario de mayor jerarqu\u00eda de RI y como tal:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>ser\u00e1 un l\u00edder positivo y motivador para los rotarios del mundo entero;<ul><li>ser\u00e1 el presidente de la Directiva y presidir\u00e1 todas sus reuniones;<\/li><\/ul><ul><li>ser\u00e1 el portavoz principal de RI;<\/li><\/ul><ul><li>presidir\u00e1 todas las Convenciones y otras reuniones internacionales de RI;<\/li><\/ul><ul><li>asesorar\u00e1 al secretario general, y<\/li><\/ul><ul><li>asumir\u00e1 todas las dem\u00e1s obligaciones y las responsabilidades que le asigne la Directiva.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presidente electo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La persona elegida presidente, prestar\u00e1 servicio en calidad de presidente electo e integrante de la Directiva el a\u00f1o siguiente a su elecci\u00f3n. El presidente electo no podr\u00e1 servir en calidad de vicepresidente. El presidente o la Directiva podr\u00e1 asignarle otras obligaciones y responsabilidades adem\u00e1s de las dispuestas en este <em>Reglamento <\/em>o inherentes al cargo de director.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Secretario general.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general es el funcionario ejecutivo principal (<em>chief executive officer <\/em>en ingl\u00e9s) de RI, responsable de:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>supervisar el funcionamiento diario de RI, bajo la direcci\u00f3n y control de la Directiva;<ul><li>responder ante el presidente y la Directiva por la puesta en marcha de sus normas y de la gesti\u00f3n y operaciones de RI, incluida su operaci\u00f3n financiera;<\/li><\/ul><ul><li>comunicar a los rotarios y a los clubes las normas que establezca la Directiva;<\/li><\/ul><ul><li>supervisar la labor que realiza el personal de la Secretar\u00eda;<\/li><\/ul><ul><li>rendir un informe anual a la Directiva, el cual, una vez aprobado por esta, ser\u00e1 presentado ante la Convenci\u00f3n; y<\/li><\/ul><ul><li>dar una fianza, para garantizar el fiel cumplimiento de sus deberes, por la cantidad y en la forma que determine la Directiva.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Tesorero.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El tesorero:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>recibir\u00e1 peri\u00f3dicamente la informaci\u00f3n financiera que le transmita el secretario general y se reunir\u00e1 con \u00e9l para analizar la gesti\u00f3n de las finanzas de RI;<ul><li>presentar\u00e1 los correspondientes informes ante la Directiva y la Convenci\u00f3n anual; y<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>podr\u00e1 tener otras obligaciones y responsabilidades adem\u00e1s de las dispuestas en este <em>Reglamento <\/em>o inherentes al cargo de director que le asigne el presidente o la Directiva.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>6.030. <em>Selecci\u00f3n del vicepresidente y del tesorero.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El vicepresidente y el tesorero ser\u00e1n elegidos por el presidente entrante en la primera reuni\u00f3n de la Directiva, de entre los directores que prestan su segundo a\u00f1o de servicio y ejercer\u00e1n el cargo durante un a\u00f1o a partir del 1 de julio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.040. <em>Elecci\u00f3n y mandato del secretario general.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva elige al rotario que ocupar\u00e1 el cargo de secretario general por un per\u00edodo que no exceda cinco a\u00f1os. La elecci\u00f3n tendr\u00e1 lugar a m\u00e1s tardar el 31 de marzo del a\u00f1o final del mandato o si se produjera una vacante. El nuevo mandato comienza el 1 de julio, salvo que la Directiva fije una fecha distinta despu\u00e9s de la elecci\u00f3n. El secretario general podr\u00e1 ser reelegido.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.050. <em>Requisitos para los funcionarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Generalidades.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo funcionario ser\u00e1 socio de un club al d\u00eda en el cumplimiento de sus obligaciones. Ning\u00fan empleado de RI, un club o distrito podr\u00e1 ejercer un cargo electivo, con excepci\u00f3n del secretario general.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presidente.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El candidato al cargo de presidente habr\u00e1 prestado servicio en calidad de director durante un per\u00edodo completo antes de ser propuesto, salvo que la Directiva decidiera que un mandato de menor duraci\u00f3n satisfar\u00eda el prop\u00f3sito de esta disposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.060. <em>Mandato de los funcionarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los funcionarios asumir\u00e1n sus cargos el 1 de julio por un per\u00edodo de un a\u00f1o o hasta que sus sucesores hayan sido elegidos, salvo que se disponga lo contrario en este <em>Reglamento<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.070. <em>P\u00e9rdida de la calidad de exfuncionario.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1, por causa justificada, retirar la calidad de exfuncionario a un rotario aunque hubiera prestado servicio como tal. Ning\u00fan rotario que, a juicio de la Directiva, deje de ser considerado exfuncionario de RI, podr\u00e1 desempe\u00f1ar los cargos mencionados en este <em>Reglamento <\/em>para los cuales se requiere haber prestado servicio como exfuncionario. Antes de adoptar una decisi\u00f3n, la Directiva ofrecer\u00e1 al rotario la oportunidad de exponer en una audiencia los motivos por los cuales no debe proceder tal medida. La p\u00e9rdida de la calidad de exfuncionario requiere el voto afirmativo de las dos terceras partes de la Directiva en pleno.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.080. <em>Vacantes en el cargo de presidente.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De quedar vacante el cargo de presidente, el vicepresidente asumir\u00e1 funciones y seleccionar\u00e1 un nuevo vicepresidente de entre los dem\u00e1s miembros de la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.080.1. <em>Vacantes simult\u00e1neas en los cargos de presidente y vicepresidente.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De estar vacantes los cargos de presidente y vicepresidente, la Directiva elegir\u00e1 \u2014de entre sus miembros (salvo el presidente electo) \u2014un presidente quien seleccionar\u00e1 entonces al vicepresidente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.090. <em>Vacante en el cargo de presidente electo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Selecci\u00f3n del sustituto del presidente electo por parte de la Directiva.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si en cualquier momento se presentase una vacante en el cargo de presidente electo, cualquiera que fuese el motivo, la Directiva designar\u00e1 al sustituto de entre los candidatos que considerara el Comit\u00e9 de Propuestas cuando dicho Comit\u00e9 eligi\u00f3 al presidente electo. La Directiva deber\u00e1 llenar la vacante en el plazo de un mes.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vacante inmediatamente antes de la asunci\u00f3n del cargo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>De quedar vacante el cargo de presidente electo despu\u00e9s de la clausura de la Convenci\u00f3n, pero antes del 1 de julio, el cargo se considerar\u00e1 vacante dicho 1 de julio y se cubrir\u00e1 de acuerdo con la secci\u00f3n 6.080.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Circunstancias imprevistas respecto a vacantes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En caso de producirse una circunstancia no prevista en esta secci\u00f3n, el presidente determinar\u00e1 el procedimiento que deber\u00e1 seguirse.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.100. <em>Vacantes en los cargos de vicepresidente o tesorero.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De quedar vacante el cargo de vicepresidente o de tesorero, el presidente nombrar\u00e1 a uno de los directores de segundo a\u00f1o por el resto del mandato.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>6.110. <em>Remuneraci\u00f3n a los funcionarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El secretario general ser\u00e1 el \u00fanico funcionario que perciba remuneraci\u00f3n, la cual fijar\u00e1 la Directiva. Ning\u00fan otro funcionario ni el presidente propuesto recibir\u00e1 remuneraci\u00f3n alguna ni testimonios de agradecimiento, honorarios o similares, salvo que se trate de gastos razonables, y debidamente documentados, de acuerdo con la pol\u00edtica de reembolso autorizada por la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 7 Consejo de Legislaci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>7.010. <em>Tipos de proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Consejo de Legislaci\u00f3n analizar\u00e1 \u00fanicamente los proyectos de enmienda y las declaraciones de postura. Las propuestas que impliquen la modificaci\u00f3n de los documentos estatutarios se denominar\u00e1n proyectos de enmienda. Las propuestas que reflejen la postura de RI se denominar\u00e1n proyectos de declaraci\u00f3n de postura.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.020. <em>Qui\u00e9nes pueden proponer proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los proyectos de enmienda podr\u00e1n ser propuestos por un club, un distrito, el Consejo General o la Conferencia de RIBI, el Consejo de Legislaci\u00f3n y la Directiva. \u00danicamente la Directiva podr\u00e1 proponer proyectos de declaraci\u00f3n de postura. La Directiva no propondr\u00e1 ning\u00fan proyecto de legislaci\u00f3n que se refiera a LFR sin la conformidad del Consejo de Fiduciarios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.030. <em>Apoyo a los proyectos de legislaci\u00f3n propuestos por clubes y distritos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo proyecto de enmienda presentado por un club o distrito deber\u00e1 ser apoyado por el distrito en la Conferencia de distrito, en una reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito o el Consejo distrital en RIBI. Si por falta de tiempo, los proyectos de enmienda no pudieran presentarse ante una Conferencia de distrito, una reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito o el Consejo distrital de RIBI, estos podr\u00e1n presentarse a consideraci\u00f3n de los clubes del distrito mediante una votaci\u00f3n realizada por el gobernador. Para este tipo de votaci\u00f3n se deber\u00e1n observar lo m\u00e1s estrictamente posible los procedimientos rese\u00f1ados en la secci\u00f3n 12.050. Todo proyecto de enmienda que se remita al secretario general deber\u00e1 contar con la certificaci\u00f3n del gobernador, como constancia del apoyo recibido. Los distritos no deber\u00edan proponer o apoyar m\u00e1s de cinco proyectos de enmienda por Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.040. <em>Declaraci\u00f3n de prop\u00f3sito y efecto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo proyecto deber\u00e1 incluir una declaraci\u00f3n de prop\u00f3sito y efecto que no exceda de 300 palabras, en la que se describa el asunto o problema que aborda el proyecto y la soluci\u00f3n propuesta.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.050. <em>Plazo para la presentaci\u00f3n de proyectos de enmienda y de declaraci\u00f3n de postura.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los proyectos de enmienda deber\u00e1n obrar en poder del secretario general a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre del a\u00f1o precedente a la reuni\u00f3n del Consejo. La Directiva podr\u00e1 proponer proyectos de enmienda que considere urgentes as\u00ed como declaraciones de postura a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre anterior a la reuni\u00f3n del Consejo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.060. <em>Proyectos de enmienda debidamente propuestos; defectuosos y declaraciones de postura.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de enmienda debidamente propuestos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 debidamente propuesto todo proyecto de enmienda que cumpla con las secciones 7.020., 7.030., 7.040., y 7.050.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de enmienda defectuosos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 defectuoso todo proyecto de enmienda que:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>pueda tener dos o m\u00e1s significados contradictorios;<ul><li>no modifique todas las partes afectadas del texto de los documentos estatutarios;<\/li><\/ul><ul><li>implique una infracci\u00f3n a las leyes vigentes;<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>busque enmendar los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios <\/em>de manera incompatible con el <em>Reglamento <\/em>o los <em>Estatutos de RI;<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>busque enmendar el <em>Reglamento de RI <\/em>de manera incompatible con los <em>Estatutos de RI<\/em>;<ul><li>cuyo cumplimiento y puesta en pr\u00e1ctica no sea viable.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de declaraci\u00f3n de postura defectuosos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 defectuoso todo proyecto de declaraci\u00f3n de postura que no exprese la postura propuesta de RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.070. <em>Revisi\u00f3n de los proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento examinar\u00e1 todos los proyectos de legislaci\u00f3n que hayan sido presentados al secretario general para que este los remita al Consejo de Legislaci\u00f3n y aprobar\u00e1 las declaraciones de prop\u00f3sito y efecto antes de su publicaci\u00f3n. Con la autorizaci\u00f3n de la Directiva, el Comit\u00e9 examinar\u00e1 todos los proyectos de legislaci\u00f3n, informar\u00e1 a los proponentes sobre cualquier defecto y recomendar\u00e1 \u2014 cuando fuese posible\u2014 las correcciones del caso.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de legislaci\u00f3n similares.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Cuando se propongan proyectos de legislaci\u00f3n sustancialmente similares, la Directiva autoriza al Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento a recomendar a los proponentes un proyecto de legislaci\u00f3n conjunto. Si los proponentes no est\u00e1n de acuerdo con el proyecto de legislaci\u00f3n conjunto, el Comit\u00e9 podr\u00e1 instruir al secretario general que transmita al Consejo un proyecto alternativo que exprese el objetivo de los proyectos de legislaci\u00f3n similares. Los proyectos de legislaci\u00f3n conjuntos y alternativos ser\u00e1n designados como tales y no estar\u00e1n sujetos a los plazos fijados.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de legislaci\u00f3n no transmitidos al Consejo de Legislaci\u00f3n. <\/em>Cuando la Directiva determine que un proyecto de legislaci\u00f3n no ha sido propuesto debidamente o ha sido propuesto debidamente, pero es defectuoso, dispondr\u00e1 que el<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>proyecto no se someta a la consideraci\u00f3n del Consejo. El secretario general notificar\u00e1 al proponente, quien deber\u00e1 obtener la aprobaci\u00f3n de las dos terceras partes de los representantes para que el proyecto propuesto sea considerado por el Consejo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Enmiendas a los proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todas las enmiendas a los proyectos de legislaci\u00f3n deber\u00e1n ser presentadas por los proponentes al secretario general, a m\u00e1s tardar el 31 de marzo del a\u00f1o anterior al Consejo, a menos que la Directiva prorrogue el plazo (por intermedio del Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento).<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Transmisi\u00f3n de los proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general transmitir\u00e1 al Consejo todos los proyectos de legislaci\u00f3n debidamente propuestos y no defectuosos, incluidas las enmiendas presentadas dentro del plazo estipulado.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Publicaci\u00f3n de los proyectos de legislaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general proporcionar\u00e1 copia de todos los proyectos de legislaci\u00f3n debidamente propuestos y no defectuosos a cada gobernador y miembro del Consejo a m\u00e1s tardar el 30 de septiembre del a\u00f1o en el cual se re\u00fana el Consejo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Consideraci\u00f3n de proyectos de legislaci\u00f3n por parte del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Antes de asistir a la reuni\u00f3n presencial del Consejo de Legislaci\u00f3n, los representantes podr\u00e1n, tras el correspondiente per\u00edodo de notificaci\u00f3n y deliberaci\u00f3n, emitir su voto por medios electr\u00f3nicos a favor o en contra de todo proyecto de legislaci\u00f3n debidamente propuesto que el Comit\u00e9 de Operaciones del Consejo presente a consideraci\u00f3n. La votaci\u00f3n podr\u00eda realizarse como parte del Consejo de Resoluciones. Los proyectos de enmienda que reciban menos del 20 por ciento de los votos de los representantes votantes no ser\u00e1n considerados en la reuni\u00f3n presencial del pr\u00f3ximo Consejo de Legislaci\u00f3n. Los proyectos de enmienda que reciban m\u00e1s del 80 por ciento de los votos de los representantes votantes ser\u00e1n incluidos en la lista de consentimiento que se adopte en la pr\u00f3xima reuni\u00f3n presencial. El Consejo de Legislaci\u00f3n considerar\u00e1 en dicha reuni\u00f3n la lista de consentimiento y todos los dem\u00e1s proyectos de legislaci\u00f3n debidamente propuestos y no defectuosos, as\u00ed como las enmiendas que se propongan.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.080. <em>Disposiciones provisionales.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las disposiciones provisionales caducar\u00e1n cuando ya no sean aplicables.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>7.090. <em>Reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaciones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 convocar una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n, conforme a lo dispuesto en la secci\u00f3n 4 del Art\u00edculo 9 de los <em>Estatutos de RI. <\/em>Se enviar\u00e1 a los miembros y gobernadores notificaci\u00f3n sobre la reuni\u00f3n extraordinaria y los proyectos de legislaci\u00f3n que se considerar\u00e1n en esta, al menos 30 d\u00edas antes de la fecha anunciada para la reuni\u00f3n. Los gobernadores transmitir\u00e1n dicha informaci\u00f3n a los clubes de sus respectivos distritos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Aprobaci\u00f3n de los proyectos de enmienda.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Para la aprobaci\u00f3n de proyectos de legislaci\u00f3n en una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo se requerir\u00e1 el voto afirmativo de los dos tercios de los representantes.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimientos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los procedimientos de la reuni\u00f3n ordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n se aplicar\u00e1n a las reuniones extraordinarias, salvo estas tres excepciones:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Modalidad de la reuni\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La reuni\u00f3n extraordinaria podr\u00e1 celebrarse de manera presencial o por medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informe de las decisiones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El informe sobre las decisiones al que se refiere el inciso 9.150.1. ser\u00e1 transmitido a los clubes dentro de los siete d\u00edas posteriores a la clausura de la reuni\u00f3n extraordinaria.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Oposici\u00f3n a las decisiones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los clubes dispondr\u00e1n de un mes a partir de la fecha de transmisi\u00f3n del informe a los clubes para manifestar su oposici\u00f3n a cualquier decisi\u00f3n adoptada en una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Fecha de vigencia de las decisiones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Las decisiones adoptadas en una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n entrar\u00e1n en vigor un mes despu\u00e9s de que el secretario general haya transmitido el informe de dicho Consejo, siempre que los votos de oposici\u00f3n emitidos por los clubes no hayan alcanzado el porcentaje m\u00ednimo requerido. Si el n\u00famero requerido de clubes manifest\u00f3 su oposici\u00f3n, las decisiones impugnadas estar\u00e1n sujetas a votaci\u00f3n de los clubes, debi\u00e9ndose cumplir las disposiciones de la secci\u00f3n 9.150. de la manera m\u00e1s estricta posible.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 8 Consejo de Resoluciones<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>8.010. <em>Reuni\u00f3n del Consejo de Resoluciones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Consejo de Resoluciones se reunir\u00e1 anualmente por medios electr\u00f3nicos para deliberar y votar por los proyectos de resoluci\u00f3n debidamente presentados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.020. <em>Resoluciones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se denominan resoluciones a las expresiones de opini\u00f3n del Consejo de Resoluciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.030. <em>Qui\u00e9nes pueden proponer proyectos de resoluci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los proyectos de resoluci\u00f3n podr\u00e1n ser propuestos por un club, un distrito, el Consejo General o la Conferencia de RIBI y la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.040. <em>Apoyo a los proyectos de proyectos de resoluci\u00f3n propuestos por clubes y distritos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo proyecto de resoluci\u00f3n propuesto por un club o un distrito deber\u00e1 contar con el apoyo del distrito en la Conferencia de distrito, la reuni\u00f3n para tratar legislaci\u00f3n del distrito o el Consejo distrital de RIBI, o mediante votaci\u00f3n de los clubes realizada por el gobernador, siguiendo el procedimiento descrito en la secci\u00f3n 12.050 de la manera m\u00e1s estricta posible. En todo proyecto de resoluci\u00f3n propuesto enviado al secretario general deber\u00e1 constar la certificaci\u00f3n del gobernador indicando que ha recibido el apoyo requerido.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.050. <em>Consideraci\u00f3n de proyectos de enmienda en el Consejo de Resoluciones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Consejo de Resoluciones, actuando en calidad de reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo de Legislaci\u00f3n, analizar\u00e1 y se pronunciar\u00e1 sobre los proyectos de enmienda que la Directiva de RI proponga debidamente y considere de car\u00e1cter urgente. Los proyectos de enmienda de car\u00e1cter urgente deben limitarse a situaciones que se produjeran a partir de la reuni\u00f3n m\u00e1s reciente del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.060. <em>Plazo para la presentaci\u00f3n de los proyectos de resoluci\u00f3n y proyectos de enmienda<\/em>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los proyectos de resoluci\u00f3n deber\u00e1n obrar en poder del secretario general a m\u00e1s tardar el 30 de junio del a\u00f1o que antecede a la reuni\u00f3n del Consejo de Resoluciones. La Directiva podr\u00e1 proponer proyectos de resoluci\u00f3n en cualquier momento antes de clausurarse el Consejo. La Directiva podr\u00e1 remitir legislaci\u00f3n de car\u00e1cter urgente al secretario general a m\u00e1s tardar el 30 de junio del a\u00f1o que antecede a la reuni\u00f3n del Consejo de Resoluciones. La Directiva no propondr\u00e1 ning\u00fan proyecto de legislaci\u00f3n que se refiera a LFR sin la conformidad del Consejo de Fiduciarios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.070. <em>Proyectos de resoluci\u00f3n debidamente propuestos; proyectos defectuosos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de resoluci\u00f3n debidamente propuestos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 debidamente propuesto todo proyecto de resoluci\u00f3n que cumpla las disposiciones de las secciones 8.030., 8.040. y 8.060.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proyectos de resoluci\u00f3n defectuosos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 defectuoso todo proyecto de resoluci\u00f3n que:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>proponga una medida cuya aprobaci\u00f3n implique una infracci\u00f3n o exprese una opini\u00f3n contraria a la letra o el esp\u00edritu de los documentos estatutarios de RI;<ul><li>proponga una medida relacionada con asuntos de car\u00e1cter administrativo o gesti\u00f3n que sea competencia de la Directiva o los fiduciarios de LFR;<\/li><\/ul><ul><li>proponga una medida ya implementada por la Directiva o los fiduciarios de LFR; o<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>no sea pertinente al programa de RI.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>8.080. <em>Revisi\u00f3n de los proyectos de resoluci\u00f3n y proyectos de enmienda propuestos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Con la autorizaci\u00f3n de la Directiva, el Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento examinar\u00e1 todos los proyectos de resoluci\u00f3n y de enmienda, e informar\u00e1 a los proponentes sobre cualquier defecto. El Comit\u00e9 confirmar\u00e1 a la Directiva si los proyectos han sido debidamente propuestos y no son defectuosos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.090. <em>Proyectos de resoluci\u00f3n y proyectos de enmienda no transmitidos al Consejo<\/em>. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cuando la Directiva determina que un proyecto de resoluci\u00f3n o enmienda no est\u00e1 debidamente propuesto o est\u00e1 debidamente propuesto pero es defectuoso, el proyecto no se someter\u00e1 a consideraci\u00f3n del Consejo, y el secretario general notificar\u00e1 sobre el particular al proponente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.100. <em>Procedimiento para los proyectos de enmienda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los procedimientos y plazos de los incisos 7.090.3.2 al 7.090.4. regir\u00e1n para todo proyecto de enmienda que adopte un Consejo de Resoluciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>8.110. <em>Adopci\u00f3n de las resoluciones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para la aprobaci\u00f3n de todo proyecto de resoluci\u00f3n se requiere el voto afirmativo de la mayor\u00eda de los miembros votantes del Consejo.<\/p>\n\n\n\n<p><u><strong>8.120. <\/strong><\/u><em><strong>Resoluciones aprobadas.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de un a\u00f1o de haber concluido el Consejo de Resoluciones, la Directiva notificar\u00e1 a todos los gobernadores las medidas que esta adopte respecto a las resoluciones aprobadas por el Consejo.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 9 Miembros y procedimientos de los Consejos<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>9.010. <em>Representantes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los representantes son miembros votantes del Consejo de Legislaci\u00f3n y del Consejo de Resoluciones. De acuerdo con lo dispuesto en las secciones 9.050., 9.060., y 9.070., cada distrito elige a un representante. Cuando un club no est\u00e9 incluido en un distrito, este seleccionar\u00e1 a un distrito como su representante.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.020. <em>Requisitos para los representantes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo representante ante el Consejo<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>ser\u00e1 socio de un club del distrito que representa;<\/li>\n\n\n\n<li>habr\u00e1 prestado servicio durante un per\u00edodo completo como funcionario de RI en el momento de la elecci\u00f3n. Sin embargo, si el gobernador certifica que no hay ning\u00fan exfuncionario disponible en el distrito, y el presidente de RI est\u00e1 de acuerdo, se podr\u00e1 elegir a un rotario que hubiese sido gobernador o gobernador electo, aunque no sirviera por un mandato completo; y<\/li>\n\n\n\n<li>comprender\u00e1 cabalmente los requisitos y estar\u00e1 capacitado, dispuesto y preparado para asumir y cumplir los deberes y las responsabilidades de un representante.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>9.020.1. <em>Personas inelegibles.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ning\u00fan miembro del Consejo sin derecho a voto ni empleado asalariado que trabaje a tiempo completo en RI, un distrito o un club podr\u00e1 servir en calidad de miembro votante de los Consejos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.030. <em>Deberes de los representantes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo representante:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>colaborar\u00e1 con los clubes en la preparaci\u00f3n de los proyectos de enmienda y resoluciones;<\/li>\n\n\n\n<li>analizar\u00e1 la legislaci\u00f3n propuesta y resoluciones en la Conferencia de distrito y otras reuniones distritales;<\/li>\n\n\n\n<li>estar\u00e1 al tanto de las opiniones y sentir de los rotarios del distrito;<\/li>\n\n\n\n<li>evaluar\u00e1 a conciencia todos los proyectos de legislaci\u00f3n y de resoluciones presentados a los Consejos y expresar\u00e1 eficazmente sus opiniones ante estos;<\/li>\n\n\n\n<li>desempe\u00f1ar\u00e1 funciones de legislador de RI con imparcialidad;<\/li>\n\n\n\n<li>asistir\u00e1 a la reuni\u00f3n del Consejo de Legislaci\u00f3n en toda su duraci\u00f3n;<\/li>\n\n\n\n<li>participar\u00e1 en el Consejo de Resoluciones; e<\/li>\n\n\n\n<li>informar\u00e1 a los clubes del distrito sobre las deliberaciones del Consejo.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>9.040. <em>Per\u00edodo de servicio de los representantes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El per\u00edodo de servicio de los representantes se iniciar\u00e1 el 1 de julio del a\u00f1o posterior al a\u00f1o de su elecci\u00f3n. Los representantes prestar\u00e1n servicio por tres a\u00f1os o hasta que sus sucesores hayan sido seleccionados y ratificados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.050. <em>Selecci\u00f3n de representantes mediante el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El representante y el suplente deber\u00e1n elegirse mediante el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, a partir de la secci\u00f3n 12.030., siempre que no se infrinja las disposiciones de esta secci\u00f3n. Si un distrito no adoptase un m\u00e9todo para la selecci\u00f3n de los miembros del Comit\u00e9 de Propuestas, el Comit\u00e9 estar\u00e1 compuesto de todos los exgobernadores que sean socios de clubes del distrito y que est\u00e9n en condiciones y dispuestos a prestar servicio. Ning\u00fan candidato a representante podr\u00e1 integrar el Comit\u00e9. Los representantes ser\u00e1n seleccionados a m\u00e1s tardar el 30 de junio, dos a\u00f1os antes del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.060. <em>Elecci\u00f3n de representantes en la Conferencia de distrito.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Elecci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si el distrito opta por no recurrir al procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, el representante y el suplente podr\u00e1n elegirse en la Conferencia de distrito anual o, en el caso de los distritos de RIBI, en el Consejo distrital. La elecci\u00f3n tendr\u00e1 lugar a m\u00e1s tardar el 30 de junio, dos a\u00f1os antes del a\u00f1o del Consejo de Legislaci\u00f3n o, en el caso de los distritos de RIBI, en la reuni\u00f3n del Consejo distrital que se realice con posterioridad al 1 de octubre dos a\u00f1os antes del a\u00f1o del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo club podr\u00e1 proponer a un socio de cualquier club del distrito que re\u00fana los requisitos y est\u00e9 dispuesto y en capacidad de servir. El presidente y el secretario del club certificar\u00e1n tal propuesta y la remitir\u00e1n al gobernador. Si un club propone a un candidato que no pertenece a sus filas, el presidente y el secretario del club del candidato tambi\u00e9n certificar\u00e1n la propuesta, a fin de que esta sea v\u00e1lida.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Un candidato a representante.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Cuando haya un solo candidato, no ser\u00e1 necesario efectuar una votaci\u00f3n, y el gobernador declarar\u00e1 representante a dicho candidato y nombrar\u00e1 suplente a un socio calificado de un club del distrito.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Selecci\u00f3n de los representantes y suplentes,<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El candidato que obtenga el mayor n\u00famero de votos en la Conferencia de distrito ser\u00e1 el representante ante el Consejo de Legislaci\u00f3n y el Consejo de Resoluciones. Cuando haya dos candidatos, el candidato que ocupe el segundo lugar ser\u00e1 el suplente, quien ejercer\u00e1 funciones \u00fanicamente si el representante no estuviera en condiciones de hacerlo. La votaci\u00f3n se realizar\u00e1 conforme con la secci\u00f3n 12.050. y el inciso 12.050.1.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.070. <\/strong><em>Elecci\u00f3n de representantes mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Autorizaci\u00f3n para la votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 autorizar a un distrito a que seleccione al representante y al suplente mediante votaci\u00f3n de los clubes. De forma alternativa, la mayor\u00eda de los electores presentes y votantes en la Conferencia de distrito podr\u00edan votar para seleccionar al representante y al suplente mediante votaci\u00f3n de los clubes. De aprobarse, dicha votaci\u00f3n se llevar\u00e1 a cabo el mes posterior a la Conferencia de distrito.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El gobernador enviar\u00e1 una convocatoria oficial a los clubes del distrito para que propongan candidatos a representante. El presidente y el secretario del club enviar\u00e1n las propuestas certificadas al gobernador. Si un club propone a un candidato que no pertenece a sus filas, el presidente y el secretario del club del candidato tambi\u00e9n certificar\u00e1n la propuesta ante el gobernador. Las propuestas han de recibirse dentro del plazo que establezca el gobernador.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Elecci\u00f3n por votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Como parte del proceso de votaci\u00f3n de los clubes, el gobernador enviar\u00e1 a cada club una papeleta con los nombres de los candidatos calificados en orden alfab\u00e9tico. Aquellos candidatos que decidan excluir su candidatura de las listas deber\u00e1n hacerlo por escrito dentro del plazo que fije el gobernador. El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1. El gobernador podr\u00e1 nombrar un comit\u00e9 para dirigir la votaci\u00f3n de los clubes, el cual observar\u00e1 de cerca esta secci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.080. <\/strong><em>Informe y anuncio de los nombres de los representantes.<\/em><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informe del gobernador al secretario general.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El gobernador enviar\u00e1 al secretario general los nombres del representante y suplente inmediatamente despu\u00e9s de su elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Anuncio de los nombres de los representantes a las reuniones del Consejo. <\/em>Por lo menos 30 d\u00edas antes de la reuni\u00f3n del Consejo, el secretario general dar\u00e1 a conocer a cada representante los nombres de los dem\u00e1s representantes.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>9.090. <\/strong><em>Representante o suplente imposibilitado de servir.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Si un representante se viera imposibilitado de servir, el suplente asumir\u00e1 el puesto. Si el suplente se viera imposibilitado de servir o no se contase con uno, el gobernador seleccionar\u00e1 como nuevo representante a un socio calificado de un club del distrito.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.100. <\/strong><em>Credenciales.<\/em><em><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El secretario general certificar\u00e1 las credenciales de los representantes, sujeto a la revisi\u00f3n del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Funcionarios del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los funcionarios del Consejo ser\u00e1n el presidente, el vicepresidente, el asesor legislativo y el secretario. En el a\u00f1o inmediatamente anterior al Consejo de Legislaci\u00f3n, el presidente entrante de RI seleccionar\u00e1 al presidente, vicepresidente y asesor legislativo, quienes ocupar\u00e1n sus cargos durante tres a\u00f1os o hasta que sus sucesores hayan sido seleccionados. El secretario general dar\u00e1 a conocer a todos los clubes los nombres del presidente, vicepresidente y asesor legislativo. El presidente y el vicepresidente son miembros no votantes; no obstante, cuando presidan una sesi\u00f3n, podr\u00e1n emitir su voto para romper un empate.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presidente.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de presidir los Consejos, el presidente cumplir\u00e1 los deberes estipulados en el<\/p>\n\n\n\n<p><em>Reglamento, <\/em>en las reglas de procedimiento y las dem\u00e1s obligaciones propias del cargo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vicepresidente.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El vicepresidente preside el Consejo cuando as\u00ed lo indique el presidente o las circunstancias lo requieran. El vicepresidente apoya tambi\u00e9n al presidente seg\u00fan sea necesario.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Asesor legislativo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El asesor legislativo orientar\u00e1 al presidente y a los Consejos en materia de procedimientos legislativos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Secretario.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general es tambi\u00e9n secretario de los Consejos y, con aprobaci\u00f3n del presidente de RI, podr\u00e1 nombrar a otra persona para que cumpla dicha funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los integrantes del Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento son miembros no votantes de los Consejos. El presidente del Consejo asigna a cada integrante proyectos de legislaci\u00f3n y resoluciones para que los analicen e informen a los Consejos sobre el prop\u00f3sito, efecto y antecedentes de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Miembros no votantes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El presidente, el presidente electo, otros integrantes de la Directiva y el secretario general son miembros no votantes de los Consejos. El fiduciario de LFR que designe el Consejo de Fiduciarios es miembro no votante de los Consejos.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Miembros generales.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El presidente podr\u00e1 nombrar hasta tres miembros generales, quienes son miembros no votantes del Consejo de Legislaci\u00f3n y sirven bajo la direcci\u00f3n del presidente del Consejo. Despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n propuesta, el presidente del Consejo asignar\u00e1 determinados proyectos a cada miembro general. Cada miembro general deber\u00e1 estudiar los proyectos y estar preparado para facilitar su an\u00e1lisis e informar al Consejo de Legislaci\u00f3n sobre asuntos que no hayan sido adecuadamente tratados en el debate.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.120. <\/strong><em>Comit\u00e9 de Operaciones del Consejo.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Operaciones del Consejo, presidido por el presidente del Consejo e integrado por el presidente, el vicepresidente y los miembros del Comit\u00e9 de Estatutos y Reglamento, recomendar\u00e1 el orden en que deban ser considerados los proyectos en el Consejo de Legislaci\u00f3n y adoptar\u00e1 el orden en que deban ser considerados los proyectos en el Consejo de Resoluciones. El Comit\u00e9 podr\u00e1 redactar y revisar enmiendas para corregir defectos en los proyectos de legislaci\u00f3n o las enmiendas que detecte el Comit\u00e9 o el Consejo. El Comit\u00e9 efectuar\u00e1 las correspondientes enmiendas al <em>Reglamento <\/em>y los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios, <\/em>a fin de que las enmiendas aprobadas entren en vigor y deber\u00e1 asimismo preparar un informe al Consejo de Legislaci\u00f3n en el que consten las enmiendas correlativas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>9.130. <\/strong><em>Qu\u00f3rum y votaci\u00f3n.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Constituir\u00e1 qu\u00f3rum la presencia de la mitad de los miembros votantes de un Consejo. Cada miembro votante emitir\u00e1 un voto por los asuntos que se sometan a votaci\u00f3n. En los Consejos no habr\u00e1 votaci\u00f3n mediante apoderados.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimientos para los Consejos.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reglas de procedimiento.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Operaciones del Consejo recomendar\u00e1 las reglas de procedimiento para el Consejo de Legislaci\u00f3n y adoptar\u00e1 las reglas de procedimiento para el Consejo de Resoluciones. Cada Consejo de Legislaci\u00f3n podr\u00e1 adoptar las reglas de procedimiento para sus deliberaciones. Tales reglas no podr\u00e1n contravenir este <em>Reglamento <\/em>y deber\u00e1n mantenerse en vigor hasta que el pr\u00f3ximo Consejo adopte nuevas reglas.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Apelaciones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El Consejo de Legislaci\u00f3n podr\u00e1 apelar cualquier decisi\u00f3n tomada por el presidente del mismo. Para revocar una decisi\u00f3n del presidente se requerir\u00e1 el voto de la mayor\u00eda de los miembros del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimientos despu\u00e9s del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Dentro de los 10 d\u00edas siguientes a la clausura del Consejo, el presidente har\u00e1 llegar al secretario general un informe sobre las decisiones adoptadas en los Consejos. Dentro de los dos meses de la clausura de un Consejo, el secretario general enviar\u00e1 a cada club un informe sobre la legislaci\u00f3n o resoluciones aprobadas. Dicho informe deber\u00e1 remitirse acompa\u00f1ado de un formulario en el cual un club podr\u00e1 manifestar su oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Oposici\u00f3n a las decisiones del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo club podr\u00e1 manifestar su oposici\u00f3n a cualquiera de los proyectos adoptados por el Consejo de Legislaci\u00f3n. Los clubes tendr\u00e1n por lo menos dos meses despu\u00e9s de remitidos los formularios para manifestar su oposici\u00f3n. Los formularios de oposici\u00f3n deber\u00e1n ser certificados por el presidente del club y recibidos por el secretario general dentro del plazo establecido. El secretario general examinar\u00e1 y tabular\u00e1 los formularios y publicar\u00e1 el total de los votos en el sitio web de Rotary.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Suspensi\u00f3n de las decisiones del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si los clubes que registran su oposici\u00f3n contra un proyecto de legislaci\u00f3n adoptado por el Consejo representan al menos el 5 por ciento de los votos a los que tienen derecho todos los clubes, dicho proyecto quedar\u00e1 suspendido.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo club podr\u00e1 votar por un proyecto suspendido. El secretario general distribuir\u00e1 una papeleta de votaci\u00f3n a cada club dentro de un mes desde la fecha de la suspensi\u00f3n. En la papeleta se preguntar\u00e1 si debe mantenerse la decisi\u00f3n del Consejo respecto a la pieza de legislaci\u00f3n suspendida. El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1. Las papeletas deber\u00e1n ser certificadas por el presidente del club y recibidas por el secretario general dentro del plazo establecido, dando a los clubes por lo menos dos meses para emitir su voto.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuni\u00f3n del Comit\u00e9 de Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El presidente de RI nombra un Comit\u00e9 de Escrutinio, y dispondr\u00e1 el lugar, la fecha y la manera en se llevar\u00e1 a cabo el recuento de los votos dentro de dos semanas de vencer el plazo para la presentaci\u00f3n de las papeletas. El Comit\u00e9 de Escrutinio remitir\u00e1 al secretario general un informe sobre los resultados de la votaci\u00f3n dentro de los cinco d\u00edas de concluir su reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Resultados de la votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si los clubes manifiestan su rechazo a la decisi\u00f3n del Consejo mediante la mayor\u00eda de votos a los cuales tienen derecho, esta se anular\u00e1 a partir de la fecha de la suspensi\u00f3n. De lo contrario, la suspensi\u00f3n del proyecto quedar\u00e1 sin efecto como si no se hubiese producido suspensi\u00f3n alguna.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Fecha de entrada en vigor de las decisiones del Consejo.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los acuerdos sobre proyectos de legislaci\u00f3n o resoluciones de un Consejo entrar\u00e1n en vigor el 1 de julio inmediato a la clausura del Consejo, salvo cuando sean suspendidos por oposici\u00f3n, de conformidad con el inciso 9.150.3.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 10 Propuestas y elecci\u00f3n del presidente de RI<\/h3>\n\n\n\n<p>No podr\u00e1 ser propuesto para el cargo de presidente ning\u00fan expresidente o miembro de la Directiva en ejercicio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.020. <em>Comit\u00e9 de Propuestas para Presidente.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>C\u00f3mo se integra.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Propuestas para Presidente se compondr\u00e1 de 17 miembros de las 34 zonas, quienes ser\u00e1n elegidos como se indica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>En los a\u00f1os pares, las zonas impares elegir\u00e1n un integrante del comit\u00e9;<ul><li>En los a\u00f1os impares, las zonas pares elegir\u00e1n un integrante del comit\u00e9.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Miembro de RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Las zonas ubicadas en su totalidad dentro de RIBI elegir\u00e1n a sus miembros mediante votaci\u00f3n de los clubes, seg\u00fan lo determine el Consejo General de RIBI. El secretario general de RIBI certificar\u00e1 el nombre del citado miembro ante el secretario general de RI.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Requisitos.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo miembro del Comit\u00e9 de Propuestas:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>ser\u00e1 socio de un club situado en la zona o regi\u00f3n que lo elige;<ul><li>no podr\u00e1 ser el presidente, presidente electo ni expresidente;<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>ser\u00e1 exdirector de RI en el momento de la elecci\u00f3n. Si no hubiera exdirectores disponibles para la elecci\u00f3n o nombramiento como miembro del comit\u00e9 en una zona en particular, se podr\u00e1 elegir o nombrar a un exgobernador de distrito, siempre que haya servido por lo menos un a\u00f1o como miembro de uno de los comit\u00e9s rese\u00f1ados en el Art\u00edculo 17 o en calidad de fiduciario de LFR.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>10.030. <em>Elecci\u00f3n de integrantes del Comit\u00e9 de Propuestas para Presidente.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n a los candidatos elegibles.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Entre el 1 y 15 de marzo, el secretario general contacta a todos los exdirectores elegibles para determinar si desean ser considerados para integrar el Comit\u00e9. Deber\u00e1n notificar al secretario general antes del 15 de abril que est\u00e1n dispuestos y en condiciones de servir, de lo contrario no podr\u00e1n ser considerados para el Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuando haya solo un exdirector elegible en una zona.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si en una zona solo se cuenta con un exdirector elegible, dispuesto y capaz de servir, el presidente declarar\u00e1 a tal director miembro del Comit\u00e9 por la zona.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuando haya dos o m\u00e1s exdirectores elegibles en una zona.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si en una zona se cuenta con dos o m\u00e1s exdirectores elegibles, dispuestos y capaces de servir, se seleccionar\u00e1 al miembro del Comit\u00e9 y al suplente mediante una votaci\u00f3n de los clubes.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimiento mediante papeletas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El secretario general preparar\u00e1 una papeleta \u00fanica transferible con los nombres de todos los exdirectores elegibles en orden alfab\u00e9tico. El secretario general remitir\u00e1 una papeleta con la fotograf\u00eda y rese\u00f1a biogr\u00e1fica de cada exdirector a cada uno de los clubes de la zona a m\u00e1s tardar el 15 de mayo. Una vez cumplimentada, la papeleta se enviar\u00e1 al secretario general a la Sede Mundial, a m\u00e1s tardar el 15 de junio. El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuni\u00f3n del Comit\u00e9 de Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente de RI nombrar\u00e1 un Comit\u00e9 de Escrutinio, y dispondr\u00e1 el lugar, la fecha y la modalidad en que este deba reunirse para examinar y contar las papeletas. Tal reuni\u00f3n se celebrar\u00e1 no despu\u00e9s del 25 de junio. Dentro de los cinco d\u00edas de celebrada la reuni\u00f3n, el Comit\u00e9 deber\u00e1 remitir al secretario general un informe certificando los resultados de la votaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Ratificaci\u00f3n del miembro y el suplente.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El candidato que obtenga la mayor\u00eda de votos ser\u00e1 declarado miembro del Comit\u00e9 de Propuestas. El candidato que obtenga el segundo lugar ser\u00e1 miembro suplente del Comit\u00e9, y cumplir\u00e1 funciones \u00fanicamente si el miembro titular se viera imposibilitado de servir. En el procedimiento de votaci\u00f3n para miembros y miembros suplentes se han de tomar en consideraci\u00f3n los votos de segunda preferencia y preferencias siguientes, seg\u00fan sea necesario. En caso de empate, la Directiva nombrar\u00e1 al miembro y al suplente de entre los candidatos que resultaron empatados.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vacantes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En caso de producirse una vacante en el Comit\u00e9, el nuevo miembro ser\u00e1 el exdirector elegible m\u00e1s reciente de la zona al 1 de enero, que estuviera dispuesto y en capacidad de servir.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Mandato.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El mandato de un a\u00f1o de los integrantes comenzar\u00e1 el 1 de julio del a\u00f1o calendario de la elecci\u00f3n. Todo suplente a quien se convoque a integrar el Comit\u00e9 ejercer\u00e1 el cargo el tiempo que resta del mandato.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vacantes no previstas en este <\/em>Reglamento.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En caso de que se produzca en el Comit\u00e9 una vacante no prevista en esta secci\u00f3n, la Directiva designar\u00e1 preferentemente a un socio de un club de la misma zona para cubrir tal vacante.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.040. <em>Procedimiento para el funcionamiento del Comit\u00e9.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n de los nombres de los miembros del Comit\u00e9<\/em>.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El secretario general notificar\u00e1 a la Directiva y a los clubes los nombres de los integrantes del Comit\u00e9 dentro de un mes a partir de la fecha de su selecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Selecci\u00f3n del presidente del Comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 elegir\u00e1 a uno de sus miembros en calidad de presidente cuando celebre su reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n de nombres al Comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El secretario general enviar\u00e1 una notificaci\u00f3n a todos los rotarios elegibles para ocupar el cargo de presidente de RI, entre el 1 y el 15 de mayo para determinar si est\u00e1n dispuestos a ser considerados candidatos a presidente. El plazo para dar a conocer su intenci\u00f3n al secretario general vence el 15 de junio. Los rotarios que no comuniquen al secretario general su decisi\u00f3n al 15 de junio, no ser\u00e1n considerados por el Comit\u00e9 de Propuestas. El secretario general remitir\u00e1 al Comit\u00e9 de Propuestas y a cualquier rotario que as\u00ed lo solicite la lista de los rotarios dispuestos y en condiciones de prestar servicio al menos una semana antes de la reuni\u00f3n del Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.050. <em>Propuestas del Comit\u00e9.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>El rotario mejor calificado.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 y propondr\u00e1 al rotario mejor calificado de entre la lista de exdirectores que hayan indicado que est\u00e1n dispuestos para ejercer las funciones del cargo de presidente, independientemente de su pa\u00eds de residencia. No obstante, el Comit\u00e9 no nombrar\u00e1 a candidatos que provengan de un mismo pa\u00eds de residencia dos a\u00f1os consecutivos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuni\u00f3n del Comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 a m\u00e1s tardar el 15 de agosto en la fecha, el lugar y la modalidad que disponga la Directiva. Todos los candidatos tendr\u00e1n oportunidad de ser entrevistados por el Comit\u00e9, de conformidad con los procedimientos estipulados por la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Qu\u00f3rum y votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La asistencia de doce miembros del Comit\u00e9 constituir\u00e1 qu\u00f3rum. La aprobaci\u00f3n de todos los asuntos propios del Comit\u00e9 se har\u00e1 por mayor\u00eda de votos, excepto en la selecci\u00f3n del candidato propuesto para presidente, para la cual se requerir\u00e1 el voto de al menos diez miembros del Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Renuncia de la persona propuesta y procedimiento para el nuevo proceso de selecci\u00f3n<\/em>.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cuando la persona propuesta para presidente no est\u00e9 en condiciones de servir o someta su renuncia al presidente, no ser\u00e1 elegible para ser nominada o ejercer el cargo de presidente en el a\u00f1o en cuesti\u00f3n. El presidente de RI notificar\u00e1 al presidente del Comit\u00e9, y el Comit\u00e9 seleccionar\u00e1 a otro rotario calificado para el cargo de presidente, siguiendo el procedimiento indicado a continuaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimientos para el Comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente del Comit\u00e9 est\u00e1 autorizado a iniciar sin demora los arreglos para la reuni\u00f3n. El presidente de RI determinar\u00e1 la fecha, el lugar y la modalidad de la reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si el Comit\u00e9 selecciona a otro candidato para el cargo, se otorgar\u00e1 a los clubes un per\u00edodo de tiempo razonable \u2014seg\u00fan disponga la Directiva\u2014 para presentar candidatos contendientes, de conformidad con la secci\u00f3n 10.070., excepto en lo que se refiere a fechas de presentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Circunstancias no previstas en este Reglamento.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cuando se produzcan circunstancias no previstas, la Directiva dispondr\u00e1 el procedimiento que el Comit\u00e9 deber\u00e1 seguir.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.060. <em>Informe del Comit\u00e9.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El presidente del Comit\u00e9 dirigir\u00e1 y certificar\u00e1 el informe a los clubes y al secretario general respectivamente, dentro de los diez d\u00edas siguientes a la clausura de la reuni\u00f3n del Comit\u00e9. El secretario general enviar\u00e1 el informe a cada club dentro de un plazo de 30 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.070. <em>Propuestas adicionales de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de la propuesta formulada por el Comit\u00e9, se podr\u00e1n proponer candidatos contendientes de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Candidatura previamente considerada y aprobada.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club puede sugerir como candidato contendiente a un rotario que hubiera notificado al secretario general su intenci\u00f3n de ser considerado candidato a presidente, a tenor del inciso 10.040.3., mediante una resoluci\u00f3n adoptada por el club. La resoluci\u00f3n deber\u00e1 contar con el apoyo de la mayor\u00eda de los clubes del distrito, como m\u00ednimo, obtenida en una Conferencia de distrito o mediante una votaci\u00f3n de los clubes. El gobernador de distrito deber\u00e1 certificar ante el secretario general el apoyo recibido por el candidato contendiente. La resoluci\u00f3n deber\u00e1 ir acompa\u00f1ada de una declaraci\u00f3n escrita del candidato contendiente en la que este acepte que su candidatura sea presentada a los clubes para que expresen su apoyo. Los requisitos deben recibirse para el 15 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n a los clubes sobre los candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s del 15 de septiembre, el secretario general notificar\u00e1 a los clubes el nombre o los nombres de los candidatos contendientes y les proporcionar\u00e1 un formulario de apoyo.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Ausencia de candidato contendiente.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cuando no haya sido sugerido ning\u00fan candidato contendiente, el presidente declarar\u00e1 presidente propuesto al candidato seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Apoyo al candidato contendiente.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si al 1 de noviembre cualquier candidato contendiente hubiera recibido el apoyo del uno por ciento de los clubes miembros de RI, seg\u00fan la factura del club m\u00e1s reciente, con un m\u00ednimo de la mitad de las expresiones de apoyo de clubes ubicados en zonas que no fueran la del candidato o los candidatos contendientes, se someter\u00e1n a votaci\u00f3n la(s) candidatura(s) de este o estos y del candidato propuesto por el Comit\u00e9, de conformidad con lo dispuesto en la secci\u00f3n 10.090. Si el candidato o los candidatos contendientes no recibiese(n) el apoyo prescrito para el 1 de noviembre, el presidente declarar\u00e1 presidente propuesto al candidato del Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Validez del apoyo.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Escrutinio, de acuerdo con el inciso 10.090.1. validar\u00e1, contar\u00e1 y certificar\u00e1 los formularios de apoyo que se reciban, y comunicar\u00e1 los resultados al presidente de RI. Si este Comit\u00e9 verifica que un candidato contendiente ha recibido el n\u00famero requerido de expresiones de apoyo, pero considera que existen suficientes razones para cuestionar la autenticidad de los formularios recibidos, deber\u00e1 informar sobre esta situaci\u00f3n al presidente, quien, convocar\u00e1 al Comit\u00e9 de Revisi\u00f3n de Irregularidades Electorales para que este determine la validez de dichos formularios. Una vez adoptada una decisi\u00f3n, el Comit\u00e9 de Escrutinio elevar\u00e1 su informe al presidente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.080. <em>Circunstancias no contempladas en la secci\u00f3n 10.070.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se presenten circunstancias no previstas en la secci\u00f3n 10.070., la Directiva dispondr\u00e1 el procedimiento que deber\u00e1 seguirse.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>10.090. <em>Votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El procedimiento para la elecci\u00f3n del presidente mediante votaci\u00f3n de los clubes, seg\u00fan la secci\u00f3n 10.070., se llevar\u00e1 a cabo de la siguiente manera:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente de RI nombrar\u00e1 un Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio, a cuyo cargo estar\u00e1 la preparaci\u00f3n y devoluci\u00f3n de las papeletas, y el recuento de los votos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Especificaciones sobre las papeletas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio preparar\u00e1 una papeleta \u00fanica transferible. Esta papeleta contendr\u00e1 los nombres de los candidatos propuestos, por orden alfab\u00e9tico, a continuaci\u00f3n del nombre del candidato seleccionado por el Comit\u00e9. En la papeleta se deber\u00e1 indicar claramente cu\u00e1l de los candidatos es el seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Env\u00edo de las papeletas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio enviar\u00e1 a cada club la papeleta de votaci\u00f3n a m\u00e1s tardar el 1 enero, con instrucciones de que una vez cumplimentada sea devuelta al Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio en la Sede Mundial a m\u00e1s tardar el 15 de febrero. En dicha papeleta se incluir\u00e1n las fotograf\u00edas y las rese\u00f1as biogr\u00e1ficas de los candidatos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuni\u00f3n del Comit\u00e9 de Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio deber\u00e1 reunirse a m\u00e1s tardar el 20 de febrero en el lugar, la fecha y la modalidad que determine el presidente de RI. Este Comit\u00e9 examinar\u00e1 y har\u00e1 el escrutinio de las papeletas. Dentro de los cinco d\u00edas siguientes, el Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio certificar\u00e1 el resultado de la elecci\u00f3n al secretario general.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Escrutinio de votos.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El candidato que obtenga la mayor\u00eda de votos ser\u00e1 declarado presidente electo. En la votaci\u00f3n se tomar\u00e1n en consideraci\u00f3n los votos de segunda preferencia y preferencias subsiguientes, seg\u00fan sea necesario.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Proclamaci\u00f3n del presidente electo.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente dar\u00e1 a conocer el nombre del presidente electo a m\u00e1s tardar el 25 de febrero.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Empate en la votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>De producirse un empate, el candidato seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas ser\u00e1 declarado presidente electo. Si ninguno de los candidatos empatados fuese el elegido por el Comit\u00e9 de Propuestas, la Directiva elegir\u00e1 a uno de los candidatos y lo declarar\u00e1 presidente electo.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 11 Propuestas y elecci\u00f3n de directores<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>11.010. <em>Propuestas para directores por zonas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las propuestas para directores se har\u00e1n por zonas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>N\u00famero de zonas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El mundo se dividir\u00e1 en 34 zonas, compuesta cada una por un n\u00famero aproximadamente igual de rotarios, seg\u00fan lo determine la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Calendario de propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cada zona propondr\u00e1 un director, de entre los socios de los clubes, cada cuatro a\u00f1os seg\u00fan las fechas que la Directiva establezca.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Revisi\u00f3n peri\u00f3dica de los l\u00edmites de las zonas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva efectuar\u00e1 una revisi\u00f3n de la composici\u00f3n de las zonas, por lo menos cada ocho a\u00f1os, a fin de mantener un n\u00famero aproximadamente igual de rotarios en cada zona. La Directiva podr\u00e1 asimismo efectuar, si es necesario, revisiones provisionales destinadas a dicho fin.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Redelimitaci\u00f3n de zonas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 modificar la delimitaci\u00f3n de las zonas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Secciones dentro de las zonas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 crear, modificar o eliminar secciones en las zonas, a fin de rotar el cargo de director dentro de una zona mediante la propuesta de directores de RI, de acuerdo con un calendario establecido por la Directiva, sobre la base de un n\u00famero aproximadamente igual de rotarios.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Director de una zona de RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El director procedente de una zona o secci\u00f3n de una zona ubicada en su totalidad dentro de RIBI ser\u00e1 propuesto por todos los clubes de RIBI mediante votaci\u00f3n de los clubes, en la modalidad y fecha que determine el Consejo General de RIBI. El secretario de RIBI certificar\u00e1 el nombre del candidato propuesto ante el secretario general de RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>11.020. <em>Selecci\u00f3n de director propuesto y suplente mediante el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Disposiciones generales para la selecci\u00f3n de candidatos mediante el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los directores propuestos y suplentes ser\u00e1n elegidos mediante el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, excepto en aquellas zonas o secciones de zonas ubicadas en su totalidad dentro de RIBI. Cada Comit\u00e9 de Propuestas deber\u00e1 contar con miembros de toda la zona, salvo en las zonas que incluyan tanto distritos de RIBI como fuera de RIBI, sin perjuicio de las disposiciones del <em>Reglamento <\/em>o acuerdos informales que puedan limitar el \u00e1rea dentro de la zona de la cual se proponga al candidato. Sin embargo, en caso de existir dos o m\u00e1s secciones en una misma zona, los integrantes del comit\u00e9 deber\u00e1n seleccionarse \u00fanicamente de entre los distritos de la secci\u00f3n o las secciones de las cuales ha de proponerse a dicho director, a menos que la mayor\u00eda de los distritos de la zona manifiesten, mediante resoluciones aprobadas en sus respectivas Conferencias de distrito, su acuerdo para que la selecci\u00f3n se efect\u00fae de entre todos los distritos de la zona. La Directiva determinar\u00e1 el procedimiento que se seguir\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>A fin de que el acuerdo para la selecci\u00f3n de un Comit\u00e9 de Propuestas entre en vigor, el gobernador de distrito deber\u00e1 certificar al secretario general, a m\u00e1s tardar el 1 de marzo del a\u00f1o anterior a la selecci\u00f3n. El acuerdo quedar\u00e1 sin efecto si se modifican los distritos que integran la zona, pero permanecer\u00e1 en vigor a menos que sea rescindido por la mayor\u00eda de los distritos de la zona por resoluci\u00f3n adoptada en sus conferencias y as\u00ed lo certifiquen al secretario general los gobernadores de distrito.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas en zonas con secci\u00f3n o secciones dentro de RIBI y secci\u00f3n o secciones fuera de RIBI<\/em>.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En las zonas con una secci\u00f3n ubicada enteramente dentro de RIBI y una secci\u00f3n no ubicada dentro de RIBI, los directores propuestos y suplentes ser\u00e1n elegidos mediante el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas en la secci\u00f3n que no est\u00e9 ubicada en RIBI. Los integrantes del Comit\u00e9 de Propuestas de la secci\u00f3n no ubicada dentro de RIBI deber\u00e1n elegirse dentro de dicha secci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Composici\u00f3n del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Propuestas se compondr\u00e1 de un miembro por cada distrito comprendido dentro de la zona o secci\u00f3n, elegido por los clubes de tales distritos, de la manera prescrita. En el momento de la elecci\u00f3n todo integrante deber\u00e1 ser exgobernador afiliado a un club de la zona o secci\u00f3n correspondiente. Los miembros del comit\u00e9 ser\u00e1n elegidos por un per\u00edodo de un a\u00f1o. No ser\u00e1n elegibles para integrar el Comit\u00e9 de Propuestas ning\u00fan director o exdirector. Ning\u00fan rotario podr\u00e1 integrar el Comit\u00e9 en m\u00e1s de dos ocasiones. Cada miembro tendr\u00e1 derecho a un voto.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Elecci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Salvo lo dispuesto en los incisos 11.020.9., 11.020.10. y 11.020.11., el miembro titular y el miembro suplente del Comit\u00e9 de Propuestas ser\u00e1n elegidos en la Conferencia de distrito del a\u00f1o anterior a la fecha prevista para la propuesta. A fin de participar en la votaci\u00f3n del distrito para seleccionar a un miembro titular y un miembro suplente del Comit\u00e9 de Propuestas para Director, todo club deber\u00e1 haber pagado la cuota distrital correspondiente al a\u00f1o rotario en que se celebre la votaci\u00f3n y estar al d\u00eda en sus obligaciones financieras para con el distrito. El gobernador determinar\u00e1 la situaci\u00f3n financiera del club.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cualquier club de un distrito podr\u00e1 proponer como candidato para integrar el Comit\u00e9 de Propuestas a un socio del club que re\u00fana los requisitos establecidos y que haya manifestado su disposici\u00f3n y capacidad para servir. El club certificar\u00e1 por escrito la propuesta, con la firma del presidente y el secretario del club. La propuesta ser\u00e1 enviada al gobernador para su posterior presentaci\u00f3n a los electores en la Conferencia de distrito. Cada club designar\u00e1 un elector para que emita todos sus votos. Los clubes con derecho a m\u00e1s de un voto emitir\u00e1n todos sus votos a favor del mismo candidato. En el caso de votaciones en las que se requiere o se utiliza una papeleta \u00fanica transferible con tres o m\u00e1s candidatos, los clubes que tengan derecho a m\u00e1s de un voto deber\u00e1n emitir su voto por las mismas opciones de candidatos y en el mismo orden,<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Miembros y suplentes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El candidato que obtenga la mayor\u00eda de votos ser\u00e1 declarado miembro del Comit\u00e9 de Propuestas. El candidato que ocupe el segundo lugar en n\u00famero de votos ser\u00e1 el suplente y ejercer\u00e1 las funciones del miembro titular solo cuando este no se encuentre en condiciones de hacerlo.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Declaraci\u00f3n del candidato como miembro del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si en un distrito se propone a un solo candidato, no ser\u00e1 necesario efectuar una votaci\u00f3n. El gobernador declarar\u00e1 al candidato miembro del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuando ni el titular ni el suplente puede ejercer funciones.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si el titular ni el suplente puede ejercer funciones, el gobernador podr\u00e1 designar a otro socio calificado de un club del distrito como integrante del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Selecci\u00f3n de los integrantes mediante procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El miembro titular y el miembro suplente del Comit\u00e9 de Propuestas podr\u00e1n ser seleccionados mediante el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, conforme al inciso 12.030.1., siempre que no est\u00e9 en conflicto con esta secci\u00f3n. Si un distrito no adoptase un m\u00e9todo para la selecci\u00f3n de los miembros del Comit\u00e9 de Propuestas, el Comit\u00e9 estar\u00e1 compuesto de todos los exgobernadores que sean socios de clubes del distrito y que est\u00e9n en condiciones y dispuestos a prestar servicio. Un candidato a miembro no podr\u00e1 formar parte del comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Elecci\u00f3n de los integrantes del Comit\u00e9 de Propuestas mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En determinadas circunstancias, la Directiva podr\u00e1 autorizar a un distrito a que seleccione al miembro titular y al miembro suplente del Comit\u00e9 de Propuestas mediante votaci\u00f3n de los clubes. El gobernador enviar\u00e1 a todos los clubes la convocatoria oficial para la presentaci\u00f3n de candidatos. Todas las propuestas deber\u00e1n presentarse por escrito y estar firmadas por el presidente y el secretario del club. Las propuestas han de recibirse dentro del plazo que el gobernador establezca. El gobernador enviar\u00e1 a todos los clubes las papeletas con los nombres de los candidatos calificados en orden alfab\u00e9tico. Un candidato podr\u00e1 ser excluido de la lista si su solicitud se recibe dentro del plazo establecido por el gobernador. El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1. El gobernador podr\u00e1 nombrar un comit\u00e9 que est\u00e9 a cargo de la votaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Elecci\u00f3n mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los electores presentes y votantes en la Conferencia de distrito podr\u00e1 votar para que la selecci\u00f3n de los miembros titular y suplente se realice mediante votaci\u00f3n de los clubes. La votaci\u00f3n de los clubes se llevar\u00e1 a cabo de conformidad con el inciso 11.020.10. y concluir\u00e1 a m\u00e1s tardar el 15 de mayo del a\u00f1o correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n de los miembros al secretario general.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El gobernador notificar\u00e1 al secretario general los nombres del miembro titular y del suplente. Los nombres que se notifiquen despu\u00e9s del 1 de junio no ser\u00e1n tomados en cuenta para integrar el Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Circunstancias no contempladas en la secci\u00f3n 11.020.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva decidir\u00e1 el procedimiento que se seguir\u00e1 en caso de presentarse circunstancias no previstas en esta secci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Designaci\u00f3n del convocador; lugar y fecha de la reuni\u00f3n; elecci\u00f3n del presidente del comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>A m\u00e1s tardar el 15 de junio del a\u00f1o anterior al que deban ser propuestos el director y el suplente, la Directiva designar\u00e1 a uno de los miembros del Comit\u00e9 de Propuestas en calidad de convocador, as\u00ed como la sede de la reuni\u00f3n. Dicha reuni\u00f3n deber\u00e1 celebrarse entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre, salvo que la Directiva autorice lo contrario. El Comit\u00e9 elegir\u00e1 a uno de sus miembros en calidad de presidente cuando celebre su reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Sugerencias presentadas al Comit\u00e9 por parte de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>A m\u00e1s tardar el 1 de julio, el secretario general informar\u00e1 a los clubes de la zona o secci\u00f3n sobre la composici\u00f3n del Comit\u00e9 de Propuestas, invit\u00e1ndolos a sugerir candidatos para director de la zona o secci\u00f3n, y les proporcionar\u00e1, adem\u00e1s, la direcci\u00f3n del convocador. Las sugerencias se remitir\u00e1n al convocador en un formulario prescrito por la Directiva, el cual deber\u00e1 incluir una fotograf\u00eda e informaci\u00f3n sobre los antecedentes del candidato sugerido, su gesti\u00f3n en Rotary y otras actividades. Las sugerencias deber\u00e1n recibirse en el domicilio del convocador a m\u00e1s tardar el 1 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuestas del Comit\u00e9.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 propondr\u00e1 candidatos a director y suplente de entre los socios de los clubes de la zona o secci\u00f3n, cuyas candidaturas hayan sido sugeridas por los clubes. Cuando se cuente con menos de tres candidatos, el Comit\u00e9 podr\u00e1 tambi\u00e9n considerar a otros rotarios calificados de la misma zona o secci\u00f3n. El Comit\u00e9 es responsable de proponer a las personas m\u00e1s capacitadas disponibles.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuni\u00f3n del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 durante el mes de septiembre pr\u00f3ximo en el lugar y la fecha que decida la Directiva. Constituir\u00e1 qu\u00f3rum la mayor\u00eda de los miembros y todos los asuntos se resolver\u00e1n por mayor\u00eda de votos, excepto la selecci\u00f3n del director propuesto por parte del Comit\u00e9. Los candidatos propuestos para director y suplente deber\u00e1n recibir, como m\u00ednimo una mayor\u00eda del 60 por ciento de los votos del Comit\u00e9. El presidente del Comit\u00e9 de Propuestas solo podr\u00e1 votar para seleccionar al director y al suplente o deshacer un empate.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Inhabilidad del Comit\u00e9 para seleccionar al director propuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si el Comit\u00e9 de Propuestas no logra seleccionar al director propuesto con la mayor\u00eda del 60 por ciento de los votos, este ser\u00e1 elegido mediante votaci\u00f3n de los clubes. La votaci\u00f3n en los clubes se realizar\u00e1 de conformidad con el procedimiento provisto en la secci\u00f3n 11.030., e incluir\u00e1 a todos los candidatos propuestos que hubiera considerado el Comit\u00e9<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informe del Comit\u00e9 sobre la selecci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Las propuestas del Comit\u00e9 para director y el suplente de la zona deber\u00e1n obrar en poder del secretario general dentro de los diez d\u00edas posteriores a la conclusi\u00f3n de la reuni\u00f3n. El secretario general informar\u00e1 a todos los clubes de la zona o secci\u00f3n acerca de la selecci\u00f3n del Comit\u00e9 de Propuestas, a m\u00e1s tardar el 30 de octubre.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Inhabilidad del candidato propuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cuando el director propuesto seleccionado por el Comit\u00e9 no est\u00e9 en condiciones de prestar servicio, el suplente ser\u00e1 autom\u00e1ticamente propuesto al cargo.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuesta de candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club de la zona o secci\u00f3n podr\u00e1 proponer un candidato contendiente. Dicho candidato deber\u00e1 haber sido sugerido al Comit\u00e9 de Propuestas. El nombre del candidato contendiente deber\u00e1 anunciarse tras una resoluci\u00f3n del club adoptada en una reuni\u00f3n ordinaria del mismo. La resoluci\u00f3n deber\u00e1 ser aprobada por la mayor\u00eda de los clubes del distrito o, si el distrito se encuentra m\u00e1s de una zona, por la mayor\u00eda de los clubes del distrito ubicados en la misma zona por la cual se propondr\u00e1 el director. Dicho acuerdo se obtendr\u00e1 en una Conferencia o mediante votaci\u00f3n de los clubes. El gobernador de distrito debe certificar el acuerdo ante el secretario general. La resoluci\u00f3n debe incluir una declaraci\u00f3n escrita del candidato contendiente en la que indica que est\u00e1 dispuesto y en capacidad de servir, as\u00ed como material biogr\u00e1fico espec\u00edfico en el formulario prescrito por la Directiva junto con una fotograf\u00eda reciente. Tal procedimiento deber\u00e1 concluir a m\u00e1s tardar el 1 de diciembre del a\u00f1o pertinente, de lo contrario el candidato contendiente no podr\u00e1 disputar la selecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Declaraci\u00f3n del director propuesto; selecci\u00f3n mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>De no presentarse candidatos contendientes elegibles al 1 de diciembre, el presidente declarar\u00e1 director propuesto por la zona al candidato seleccionado por el Comit\u00e9. El anuncio se har\u00e1 a m\u00e1s tardar el 15 de diciembre. Si el secretario general recibe la propuesta de candidatos contendientes con todos los requisitos m\u00e1s tardar el 1 de diciembre, la selecci\u00f3n del director entre los candidatos contendientes y el candidato del Comit\u00e9 de Propuestas se efectuar\u00e1 mediante votaci\u00f3n de los clubes, de conformidad con la secci\u00f3n 11.030.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>11.030. <em>Procedimiento para la votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se indica a continuaci\u00f3n el procedimiento para la selecci\u00f3n de un director propuesto mediante votaci\u00f3n de los clubes, conforme a la secci\u00f3n 11.020.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Participar\u00e1n en la votaci\u00f3n todos los clubes de la zona, excepto en aquellas zonas en las que el Comit\u00e9 de Propuestas sea seleccionado entre los distritos de una secci\u00f3n determinada, de conformidad con los incisos 11.020.1. u 11.020.2. En tales zonas participar\u00e1n en la votaci\u00f3n solamente los clubes comprendidos en la secci\u00f3n por la cual se proponga al director de RI.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Especificaciones sobre las papeletas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El secretario general preparar\u00e1 una papeleta \u00fanica transferible. El formulario aprobado por la Directiva deber\u00e1 incluir:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>El nombre del candidato seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas claramente indicado en la papeleta.<ul><li>Los nombres de los candidatos contendientes propuestos por los clubes en orden alfab\u00e9tico, a continuaci\u00f3n del nombre del candidato del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/li><\/ul><ul><li>Las fotograf\u00edas y las rese\u00f1as biogr\u00e1ficas de cada candidato proporcionada por los clubes proponentes.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Plazo para la recepci\u00f3n de papeletas.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general enviar\u00e1 la papeleta con fotograf\u00edas y datos biogr\u00e1ficos a cada club de la zona o secci\u00f3n, a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre siguiente. La papeleta deber\u00e1 incluir instrucciones para que, una vez cumplimentada, sea devuelta al secretario general en la Sede Mundial a m\u00e1s tardar el 1 de febrero.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club se determinar\u00e1 mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente de RI nombrar\u00e1 un Comit\u00e9 de Escrutinio, al que se encomendar\u00e1 el examen y escrutinio de las papeletas. El Comit\u00e9 se reunir\u00e1 en la fecha, el lugar y la modalidad que disponga el presidente, siempre que no sea despu\u00e9s del 5 de febrero. El Comit\u00e9 enviar\u00e1 la certificaci\u00f3n de los resultados al secretario general dentro de los cinco d\u00edas de la fecha establecida.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Escrutinio de votos.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El candidato a director que reciba la mayor\u00eda de los votos ser\u00e1 declarado director propuesto. Con el escrutinio de votos se deber\u00e1 tener en cuenta la segunda preferencia y las subsiguientes a fin de elegir al director suplente.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Anuncio del director propuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente anunciar\u00e1 a m\u00e1s tardar el 10 de febrero el nombre del director propuesto seleccionado.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Empate en la votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cuando en una votaci\u00f3n de los clubes se produzca un empate entre los candidatos a director propuesto, deber\u00e1 efectuarse una segunda votaci\u00f3n. El secretario general preparar\u00e1 y enviar\u00e1 las papeletas, las cuales deben incluir los nombres de los candidatos que hubiesen empatado en la primera votaci\u00f3n de los clubes, as\u00ed como su fotograf\u00edas y rese\u00f1as biogr\u00e1ficas. Las papeletas y los dem\u00e1s materiales deber\u00e1n enviarse a todos los clubes de la zona o secci\u00f3n para el 15 de febrero, con instrucciones que, una vez cumplimentadas, sean devueltas al secretario general en la Sede Mundial a m\u00e1s tardar el 1 de abril pr\u00f3ximo. El Comit\u00e9 de Escrutinio se reunir\u00e1 en el lugar, la fecha y la modalidad que el presidente de RI disponga para realizar el escrutinio de los votos, a m\u00e1s tardar el 5 de abril. Dentro de los cinco d\u00edas siguientes, el Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio certificar\u00e1 el resultado de la elecci\u00f3n al secretario general. El presidente notificar\u00e1 el nombre del director propuesto a todos los clubes de la zona a m\u00e1s tardar el 10 de abril.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Extensi\u00f3n de plazos.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 modificar el plazo o los plazos establecidos en esta secci\u00f3n, seg\u00fan corresponda a los clubes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>11.040. <em>Propuestas para funcionarios de RIBI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los candidatos propuestos para los cargos de presidente, presidente electo y tesorero honorario de RIBI ser\u00e1n seleccionados y propuestos de acuerdo con el Reglamento de RIBI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 12 Propuestas y elecci\u00f3n de los gobernadores<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>12.010. <em>Selecci\u00f3n del gobernador propuesto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El distrito deber\u00e1 seleccionar al candidato a gobernador entre 24 y 36 meses antes de la fecha de la posesi\u00f3n del cargo. El rotario seleccionado ser\u00e1 gobernador propuesto designado y pasar\u00e1 a ser gobernador propuesto el 1 de julio dos a\u00f1os antes de asumir el cargo de gobernador. La Directiva podr\u00e1 extender el plazo establecido en esta secci\u00f3n por<\/p>\n\n\n\n<p>causa justificada y suficiente. El candidato ser\u00e1 elegido en la Convenci\u00f3n de RI en el a\u00f1o anterior al que asista a la Asamblea Internacional, si tal elecci\u00f3n fuera necesaria en virtud de lo dispuesto en la secci\u00f3n 6.010. de este <em>Reglamento.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.020. <em>Procedimiento para la selecci\u00f3n del gobernador.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Con excepci\u00f3n de los distritos de RIBI, todo distrito adoptar\u00e1, mediante resoluci\u00f3n en la Conferencia de distrito por mayor\u00eda de votos de los electores presentes y votantes, uno de tres procedimientos para seleccionar al gobernador propuesto designado en los a\u00f1os futuros:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Comit\u00e9 de Propuestas;<\/li>\n\n\n\n<li>Votaci\u00f3n en los clubes; o<\/li>\n\n\n\n<li>Conferencia de distrito.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Si el distrito no adoptase un procedimiento para el 1 de julio, este recurrir\u00e1 al procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas. El distrito seguir\u00e1 todas las directrices establecidas para el m\u00e9todo seleccionado seg\u00fan lo dispuesto en este art\u00edculo. Para participar en la votaci\u00f3n distrital para elegir al gobernador propuesto, todo club habr\u00e1 abonado la cuota del fondo distrital acordada para el a\u00f1o rotario en que se realizar\u00e1 la votaci\u00f3n y estar\u00e1 al d\u00eda en sus obligaciones financieras para con el distrito. El gobernador determinar\u00e1 la situaci\u00f3n financiera del club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.030. <em>Procedimiento mediante Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Comit\u00e9 de Propuestas para Gobernador.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En aquellos distritos en los que se adopte el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, el Comit\u00e9 se encargar\u00e1 de buscar y proponer al candidato mejor calificado para gobernador propuesto. Las atribuciones del Comit\u00e9, incluido el m\u00e9todo para la selecci\u00f3n de sus miembros, ser\u00e1n fijadas mediante la resoluci\u00f3n de los electores presentes y votantes en la Conferencia de distrito. Dichas atribuciones deben ser compatibles con las disposiciones de este <em>Reglamento.<\/em><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Inhabilidad del distrito para seleccionar a los miembros del Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo distrito que adopte el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas, pero no logre seleccionar a los integrantes de dicho Comit\u00e9, seleccionar\u00e1 a los cinco exgobernadores de distrito m\u00e1s recientes, que a\u00fan sean socios de un club del distrito, para componer el Comit\u00e9 de Propuestas. El Comit\u00e9 funcionar\u00e1 de acuerdo con lo dispuesto en la secci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>12.030. De no haber cinco exgobernadores disponibles, el presidente de RI designar\u00e1 los miembros adicionales de entre los rotarios del distrito, de modo que el Comit\u00e9 cuente con cinco miembros.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Sugerencias para el cargo de gobernador formuladas por los clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El gobernador convocar\u00e1 a los clubes a sugerir candidatos para el cargo de gobernador. La convocatoria se realizar\u00e1 al menos dos meses antes del plazo para la presentaci\u00f3n de sugerencias al Comit\u00e9 de Propuestas. Las sugerencias deber\u00e1n presentarse mediante resoluci\u00f3n adoptada en una reuni\u00f3n ordinaria y estar certificada por el secretario del club que propone al candidato. El club solamente podr\u00e1 sugerir a uno de sus propios socios.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>El Comit\u00e9 propondr\u00e1 al rotario mejor calificado.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 propondr\u00e1 al rotario que posea las mejores cualidades para el cargo de gobernador y que est\u00e9 dispuesto a ejercerlo y no se limitar\u00e1 a aquellos nombres presentados por los clubes del distrito.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Notificaci\u00f3n de la propuesta.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presidente del Comit\u00e9 de Propuestas notificar\u00e1 al gobernador qui\u00e9n ha sido el candidato seleccionado dentro de las 24 horas de haber sesionado el Comit\u00e9. Dentro de los tres d\u00edas de haberse recibido la notificaci\u00f3n, el gobernador anunciar\u00e1 a los clubes por escrito el nombre y el club del candidato seleccionado.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Inhabilidad del Comit\u00e9 para seleccionar al director propuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si el Comit\u00e9 de Propuestas no llegase a un acuerdo para seleccionar un candidato, el gobernador propuesto ser\u00e1 elegido mediante votaci\u00f3n de los clubes, seg\u00fan la secci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>12.050. o en la Conferencia de distrito de conformidad con la secci\u00f3n 15.050. En todo caso, solo podr\u00e1n participar los candidatos sugeridos al Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club del distrito en funcionamiento durante al menos un a\u00f1o a la fecha de inicio del a\u00f1o en cuesti\u00f3n podr\u00e1 proponer, tambi\u00e9n, un candidato contendiente para gobernador propuesto, siempre que hubiera sugerido a tal candidato previamente al Comit\u00e9 de Propuestas. Todo club que hubiera estado funcionando durante menos de un a\u00f1o a la fecha de inicio del a\u00f1o en cuesti\u00f3n podr\u00e1 sugerir un candidato contendiente, siempre que dicho candidato sea socio del club y ya hubiese sido sugerido al Comit\u00e9 de Propuestas. El nombre del candidato contendiente se anunciar\u00e1 mediante una resoluci\u00f3n aprobada por el club en una reuni\u00f3n ordinaria y enviada al gobernador dentro del plazo que este disponga, el cual ser\u00e1 dentro de los 14 d\u00edas de la notificaci\u00f3n de la selecci\u00f3n del gobernador propuesto.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Apoyo a la presentaci\u00f3n de candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El gobernador anunciar\u00e1 a los clubes todo candidato contendiente en un formulario prescrito por RI para determinar si hay clubes que apoyan a dicho candidato. A fin de apoyar a un candidato contendiente, el club deber\u00e1 adoptar una resoluci\u00f3n en una reuni\u00f3n ordinaria y enviarla al gobernador dentro del plazo que este disponga. Para que las propuestas sean v\u00e1lidas deber\u00e1n contar con el apoyo de:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>otros 10 clubes, o\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>20 por ciento del n\u00famero total de clubes<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>que hubieran estado en funcionamiento en ese distrito durante al menos un a\u00f1o a la fecha de inicio del a\u00f1o en cuesti\u00f3n, de ambas cifras la que fuera mayor. Los clubes solo podr\u00e1n apoyar a un candidato contendiente.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Propuestas de candidatos contendientes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Dentro de los siete d\u00edas de vencido el plazo, el gobernador notificar\u00e1 que se ha presentado un candidato contendiente v\u00e1lido. En la notificaci\u00f3n deber\u00e1 incluirse el nombre y las cualidades de cada uno de los candidatos contendientes, el nombre de los clubes que proponen y apoyan al candidato contendiente, y una explicaci\u00f3n de que sus candidaturas ser\u00e1n objeto de votaci\u00f3n de los clubes o en la Conferencia de distrito, siempre que la propuesta de tales candidatos se mantenga en vigor durante 30 d\u00edas despu\u00e9s de la notificaci\u00f3n del gobernador.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Ausencia de candidatos contendientes v\u00e1lidos.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si no se hubiera recibido la propuesta de candidatos contendientes v\u00e1lidos, el gobernador declarar\u00e1 gobernador propuesto al candidato del Comit\u00e9. Dentro de los 15 d\u00edas siguientes, el gobernador deber\u00e1 notificar el nombre del gobernador propuesto a todos los clubes del distrito.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.040. <em>Selecci\u00f3n de gobernador mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador enviar\u00e1 a todos los clubes la convocatoria oficial para presentar propuestas para el cargo de gobernador. Todas las propuestas deber\u00e1n presentarse por escrito y estar firmadas por el presidente y el secretario del club y obrar en poder del gobernador dentro del plazo establecido. El plazo deber\u00e1 ser de al menos un mes a partir de la fecha de la convocatoria para propuestas. El club solamente podr\u00e1 sugerir a uno de sus propios socios. Cuando los clubes sugieran solamente un candidato no se requerir\u00e1 votaci\u00f3n alguna y el gobernador declarar\u00e1 gobernador propuesto a ese candidato \u00fanico. Cuando haya dos o m\u00e1s candidatos, el gobernador notificar\u00e1 a todos los clubes el nombre y las cualidades de cada candidato y que el gobernador propuesto ser\u00e1 seleccionado mediante votaci\u00f3n de los clubes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.050. <em>Procedimiento para la votaci\u00f3n de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador enviar\u00e1 una papeleta \u00fanica transferible a cada club, en la que figuren los candidatos en orden alfab\u00e9tico, salvo cuando se trate de una votaci\u00f3n por candidato contendiente, en cuyo caso el candidato seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas del distrito ser\u00e1 quien encabeza la lista. El gobernador remitir\u00e1 una copia de la papeleta firmada por todos los integrantes del Comit\u00e9 de Escrutinio a cada uno de los clubes, con instrucciones de que, una vez cumplimentadas, las papeletas deber\u00e1n ser devueltas al gobernador en el plazo que este disponga. Tal plazo ser\u00e1 de 15 a 30 d\u00edas a partir de la fecha en que el gobernador env\u00ede las papeletas a los clubes.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El n\u00famero de votos al que tiene derecho un club ser\u00e1 determinado mediante la f\u00f3rmula prescrita en el inciso 15.050.1., sobre la base de la factura del club correspondiente al 1 de julio. Todo club que tenga derecho a emitir m\u00e1s de un voto deber\u00e1 emitir todos sus votos a favor del mismo candidato. El nombre del candidato por el cual el club ha votado deber\u00e1 ser verificado por el secretario y presidente del club y enviado al gobernador.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Comit\u00e9 de Elecciones y Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El gobernador anunciar\u00e1 el lugar, la fecha y la hora para el escrutinio de los votos y designar\u00e1 un Comit\u00e9 de Escrutinio de tres miembros. La validaci\u00f3n de las papeletas habr\u00e1 de hacerse por separado al escrutinio de las mismas. El Comit\u00e9 tomar\u00e1 las medidas necesarias para salvaguardar el car\u00e1cter confidencial de las papeletas y para que los candidatos o sus representantes puedan estar presentes para observar el escrutinio.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informe del Comit\u00e9 de Escrutinio.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Escrutinio informar\u00e1 sin demora los resultados al gobernador tan pronto como un candidato reciba la mayor\u00eda de los votos, incluido el n\u00famero de votos recibido por cada candidato. El candidato que obtenga la mayor\u00eda de los votos emitidos ser\u00e1 declarado gobernador propuesto. De producirse un empate, el candidato del Comit\u00e9 de<\/p>\n\n\n\n<p>Propuestas ser\u00e1 declarado gobernador propuesto. Si ninguno de los candidatos en el empate fue seleccionado por el Comit\u00e9 de Propuestas, el gobernador deber\u00e1 designar a uno de los candidatos en calidad de gobernador propuesto. El gobernador notificar\u00e1 sin demora a los candidatos y clubes los resultados de la votaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de Escrutinio conservar\u00e1 todas las papeletas durante los 15 d\u00edas posteriores a la notificaci\u00f3n del gobernador a los candidatos y los clubes. Durante dicho plazo las papeletas podr\u00e1n ser inspeccionadas por los clubes. Transcurrido el per\u00edodo de 15 d\u00edas, el presidente del Comit\u00e9 proceder\u00e1 a la destrucci\u00f3n de las papeletas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.060. <em>Selecci\u00f3n del gobernador en la Conferencia de distrito.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si un distrito decide seleccionar al gobernador propuesto en su Conferencia, el gobernador invitar\u00e1 a los clubes a sugerir candidatos para el cargo de gobernador. Para la convocatoria de candidatos y la votaci\u00f3n en la Conferencia de distrito se deber\u00e1 observar lo m\u00e1s estrictamente posible las disposiciones sobre la votaci\u00f3n de los clubes. Todos los votos de un club con derecho a m\u00e1s de un voto deber\u00e1n emitirse a favor del mismo candidato, de lo contrario dichos votos se considerar\u00e1n nulos. Cada club designar\u00e1 un elector para que emita todos sus votos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.070. <em>Certificaci\u00f3n del gobernador propuesto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de los 10 d\u00edas posteriores de haber sido declarado, el gobernador certificar\u00e1 el nombre del gobernador propuesto ante el secretario general.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.080. <em>Impugnaci\u00f3n o suspensi\u00f3n del gobernador propuesto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Falta de cualidades.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si un gobernador propuesto no re\u00fane las cualidades y los requisitos ser\u00e1 impugnado y no ser\u00e1 presentado por el secretario general para su elecci\u00f3n en la Convenci\u00f3n, salvo que la Directiva lo dispense a tenor de lo indicado en las secciones 16.010. y 16.020.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Suspensi\u00f3n de la propuesta.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 suspender una propuesta si considera que el candidato no ser\u00e1 capaz de cumplir con los deberes y las responsabilidades propias del cargo<em>. <\/em>En tal caso, la Directiva informar\u00e1 al gobernador y al candidato acerca de la suspensi\u00f3n, otorg\u00e1ndosele a este la oportunidad de presentar informaci\u00f3n complementaria. La Directiva tendr\u00e1 en cuenta todas las circunstancias pertinentes, incluida la informaci\u00f3n que presente el candidato propuesto, y podr\u00e1 rechazar la candidatura con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes o dejar sin efecto la suspensi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Impugnaci\u00f3n del candidato propuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El secretario general informar\u00e1 al gobernador si la Directiva hubiera impugnado al candidato propuesto. El secretario general explicar\u00e1 los motivos de dicha decisi\u00f3n y el gobernador informar\u00e1 al candidato propuesto sobre el particular. Si se dispone de tiempo, el gobernador realizar\u00e1 una votaci\u00f3n de los clubes para seleccionar otro candidato para el cargo de gobernador, de conformidad con las disposiciones del <em>Reglamento<\/em>. De lo contrario, el gobernador propuesto ser\u00e1 seleccionado conforme a la secci\u00f3n 12.090.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.090. <em>Vacantes en los cargos de gobernador propuesto y gobernador electo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cuando un distrito no logre seleccionar al gobernador propuesto o cuando un candidato propuesto sea descalificado o por otros motivos no est\u00e9 en condiciones ni dispuesto a servir y no se ha seleccionado a otro candidato ya sea antes de la elecci\u00f3n anual de funcionarios en la Convenci\u00f3n o al menos tres meses antes de la Asamblea Internacional, el gobernador deber\u00e1 reiniciar el procedimiento de selecci\u00f3n que se indica a partir de la secci\u00f3n 12.020. En cualquiera de estos casos, la Directiva elegir\u00e1 al rotario as\u00ed propuesto para servir en calidad de gobernador electo. Si el gobernador electo o el gobernador propuesto no estuviera en condiciones o no estuviera dispuesto a servir en calidad de gobernador, y se hubiera realizado ya el proceso de selecci\u00f3n de un sucesor en el distrito, el sucesor ocupar\u00e1 la vacante autom\u00e1ticamente, siempre y cuando est\u00e9 en condiciones y dispuesto a servir, debiendo ser ratificada su elecci\u00f3n en la Convenci\u00f3n o por la Directiva de RI. Si se ha elegido al sucesor, pero no estuviera en condiciones o no estuviera dispuesto a ocupar la vacante, la Directiva elegir\u00e1 a un rotario calificado, seg\u00fan la secci\u00f3n 16.010.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>12.090.1. <em>Disposici\u00f3n especial respecto a vacantes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Cuando un gobernador reinicia el procedimiento del Comit\u00e9 de Propuestas de conformidad con la secci\u00f3n 12.090., el gobernador no tendr\u00e1 que repetir el procedimiento delineado en el inciso 12.030.3. si los clubes no sugirieron candidatos al Comit\u00e9 de Propuestas durante el proceso de propuestas anterior.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 13 Conducci\u00f3n y revisi\u00f3n de irregularidades electorales<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>13.010. <em>Campa\u00f1as electorales, actividades de propaganda y solicitaci\u00f3n de votos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A fin de seleccionar a los rotarios mejor calificados para ejercer cargos electivos en RI, se proh\u00edbe toda actividad o gesti\u00f3n destinada a influir de manera positiva o negativa en el proceso de selecci\u00f3n para un cargo electivo mediante campa\u00f1as electorales, actividades de propaganda, solicitaci\u00f3n de votos u otros medios. Los rotarios no se involucrar\u00e1n en campa\u00f1as electorales, actividades de propaganda o solicitaci\u00f3n de votos para cargos electivos de RI ni permitir que otros lo hagan en su nombre o en nombre de otra persona. No deber\u00e1n distribuir entre los clubes ni entre los socios a t\u00edtulo individual material impreso, folletos, cartas u otros materiales, ni utilizar los medios o comunicaciones electr\u00f3nicas, que no fueran los expresamente autorizados por Directiva ni permitir que otros lo hagan en su nombre. Si el candidato se enterase de que se han emprendido en su nombre algunas de las actividades prohibidas en esta disposici\u00f3n, deber\u00e1 expresar inmediatamente su desaprobaci\u00f3n y disponer el cese de tal actividad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>13.020. <em>Comit\u00e9 de Propuestas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ninguna persona que se comprometa por escrito a ser miembro, suplente o candidato para integrar un Comit\u00e9 de Propuestas, sea o no elegida, al igual que ning\u00fan candidato elegido que posteriormente renuncie a dicho comit\u00e9 podr\u00e1 ser propuesta para el cargo respectivo durante el a\u00f1o en que funcione el Comit\u00e9, as\u00ed como tampoco el c\u00f3nyuge, hijo, madre o padre de ninguna de las mencionadas personas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>13.030. <em>Procedimientos para la revisi\u00f3n de irregularidades electorales.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reclamaciones.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva solo examinar\u00e1 las reclamaciones referentes al proceso de selecci\u00f3n para un cargo electivo en RI o el resultado de una elecci\u00f3n, siempre que:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Sean formuladas por un club con el apoyo de al menos otros cinco clubes o de un funcionario de RI en ejercicio; o por el representante del presidente ante una reuni\u00f3n del distrito o la zona;<ul><li>Se presenten por escrito; y<\/li><\/ul><ul><li>Sean presentadas al secretario general dentro de los 21 d\u00edas siguientes al anuncio de los resultados de la votaci\u00f3n.<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Consideraci\u00f3n por la Directiva.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El secretario general tomar\u00e1 las medidas del caso respecto a reclamaciones relacionadas con los procedimientos de la Directiva. La Directiva podr\u00e1 desestimar la reclamaci\u00f3n, descalificar al candidato para el cargo electivo en cuesti\u00f3n o futuros cargos electivos de RI, o ambos, por el per\u00edodo que la Directiva determine, o tomar las medidas que considere justas y adecuadas. Para descalificar a un candidato se requerir\u00e1n dos tercios de los votos. La Directiva transmitir\u00e1 su decisi\u00f3n sin demora a las partes interesadas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reclamaciones electorales provenientes de un mismo distrito.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Sin perjuicio de cualquier otra disposici\u00f3n de este <em>Reglamento <\/em>o de los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios<\/em>:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Si durante los cinco a\u00f1os anteriores, la Directiva hubiera dado curso a dos o m\u00e1s reclamos electorales formulados por un distrito a tenor del inciso 13.030.1., la Directiva podr\u00e1 tomar todas o cualesquiera de las siguientes medidas cuando tuviera motivos razonables para creer que se ha infringido el <em>Reglamento de RI <\/em>o los procedimientos para las reclamaciones electorales:<ul><li>descalificar a efectos de la elecci\u00f3n al candidato propuesto y a todos o cualquiera de los candidatos y seleccionar a una persona calificada que sea socia de un club del distrito para que ejerza el cargo;<ul><li>apartar del cargo a cualquier persona que influya o interfiera indebidamente en el desarrollo del proceso electoral, y<\/li><\/ul><ul><li>declarar que un funcionario o exfuncionario de RI que influya o interfiera indebidamente en el desarrollo del proceso electoral deje de ser considerado funcionario o exfuncionario de RI;<\/li><\/ul><\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Si la Directiva hubiera dado curso a tres o m\u00e1s reclamos electorales durante los cinco a\u00f1os anteriores formulados por un distrito a tenor del inciso 13.030.1., esta podr\u00e1 disolver el distrito y asignar a los clubes que lo conforman a distritos colindantes, sin tener en cuenta las disposiciones del inciso 15.010.1.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cumplimiento de las disposiciones sobre campa\u00f1as electorales.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En todo formulario prescrito para la propuesta de candidatos para cargos electivos, el candidato deber\u00e1 firmar una declaraci\u00f3n mediante la cual da fe que ha le\u00eddo, comprende, acepta y se compromete a cumplir con las disposiciones de este <em>Reglamento<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Finalizaci\u00f3n del procedimiento de revisi\u00f3n de irregularidades electorales.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El procedimiento de revisi\u00f3n de irregularidades electorales establecido en el <em>Reglamento de RI <\/em>es el \u00fanico m\u00e9todo para disputar el derecho a un cargo electivo o el resultado de una elecci\u00f3n de RI. Si un rotario candidato a un cargo o un club, actuando en su nombre, no cumpliese con los requisitos establecidos en este procedimiento de revisi\u00f3n, o recurriera a una agencia externa u otro medio de resoluci\u00f3n de conflictos sin haber agotado todos los recursos establecidos en este procedimiento, ser\u00e1 descalificado como candidato al cargo electivo en cuesti\u00f3n y en el futuro no se le permitir\u00e1 registrar su oposici\u00f3n a ning\u00fan cargo electivo de RI durante el per\u00edodo que determine la Directiva. Si un club o un rotario no sigue ni finaliza el proceso de revisi\u00f3n de irregularidades electorales antes de solicitar la intervenci\u00f3n de una entidad no rotaria o recurrir a otro sistema de resoluci\u00f3n de disputas, la Directiva tomar\u00e1 las medidas adecuadas, de conformidad con las disposiciones del inciso<\/p>\n\n\n\n<p>3.020.1 apartado (c).<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 14 Grupos administrativos y unidad territorial administrativa<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>14.010. <em>Autoridad de la Directiva.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Donde haya clubes administrados bajo la supervisi\u00f3n directa de un gobernador en un distrito constituido, la Directiva podr\u00e1 autorizar, a fin de que colaboren con el gobernador, la organizaci\u00f3n de comit\u00e9s, consejos u otros organismos auxiliares, que estime necesarios y convenientes.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>14.020. <em>Supervisi\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 establecer un m\u00e9todo de supervisi\u00f3n, adem\u00e1s de la supervisi\u00f3n ejercida por los gobernadores, sobre los clubes situados dentro de un \u00e1rea compuesta de dos o m\u00e1s distritos lim\u00edtrofes. Si la Directiva estableciera un m\u00e9todo de supervisi\u00f3n, prescribir\u00e1 reglas de procedimiento, las cuales deber\u00e1n ser aprobadas por los clubes de los distritos afectados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>14.030. <em>Supervisi\u00f3n mediante un proyecto piloto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 establecer proyectos piloto como m\u00e9todo de supervisi\u00f3n de los clubes, previa aprobaci\u00f3n de todos los distritos afectados. Solo podr\u00e1n incluirse en un proyecto piloto los clubes ubicados dentro de RIBI y\/o dentro de una zona que incluya Australia o Nueva Zelanda. La Directiva podr\u00e1 establecer normas y procedimientos de gobernanza para dichos distritos que no se ajusten a lo dispuesto en las secciones:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>7.020. y 7.030. (Qui\u00e9nes pueden proponer y apoyar proyectos de legislaci\u00f3n):<\/li>\n\n\n\n<li>8.030. y 8.040. (Qui\u00e9nes pueden proponer y apoyar proyectos de resoluci\u00f3n):<\/li>\n\n\n\n<li>15.020. a 15.060. (Reuniones distritales y Finanzas del distrito); y<\/li>\n\n\n\n<li>16.030. (Deberes del gobernador)<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>14.040. <em>Unidad territorial administrativa (RIBI).<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los clubes situados en RIBI se organizar\u00e1n y funcionar\u00e1n como unidad territorial administrativa de RI. El funcionamiento de RIBI estar\u00e1 sujeto a sus <em>Estatutos, <\/em>aprobados por el Consejo de Legislaci\u00f3n. Tambi\u00e9n tomar\u00e1 decisiones en nombre de la Directiva en<\/p>\n\n\n\n<p>cuanto a la admisi\u00f3n de clubes en RIBI, en calidad de Comit\u00e9 para la Creaci\u00f3n y Delimitaci\u00f3n de Distritos de RI, en los asuntos econ\u00f3micos de RI como se indica en este <em>Reglamento, <\/em>y en los dem\u00e1s asuntos que autorice la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Estatutos de RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los <em>Estatutos de RIBI <\/em>ser\u00e1n compatibles con el esp\u00edritu y las disposiciones de los <em>Estatutos de RI <\/em>y el <em>Reglamento de RI. <\/em>Los <em>Estatutos <\/em>y <em>Reglamento de RI <\/em>y de RIBI incluir\u00e1n disposiciones concretas referentes a la administraci\u00f3n interna de la unidad territorial.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Enmiendas a los Estatutos de RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Las disposiciones de los <em>Estatutos de RIBI <\/em>que prescriben la administraci\u00f3n interna de la unidad territorial, en cuanto al ejercicio de su autoridad y cumplimiento de sus prop\u00f3sitos y funciones, podr\u00e1n ser enmendadas solamente por acuerdo de la Conferencia anual de RIBI con la aprobaci\u00f3n del Consejo de Legislaci\u00f3n. Cuando el Consejo de Legislaci\u00f3n enmiende los documentos estatutarios de RI en lo que se refiere a asuntos no relacionados con la administraci\u00f3n interna, se efectuar\u00e1n de inmediato las enmiendas correspondientes en los documentos estatutarios de RIBI, a fin de que coincidan con los documentos estatutarios de RI.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Enmiendas al Reglamento de RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El <em>Reglamento de RIBI <\/em>podr\u00e1 ser enmendado de conformidad y en concordancia con lo dispuesto en sus propios <em>Estatutos <\/em>y en los documentos estatutarios de RI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 15 Distritos<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>15.010. <em>C\u00f3mo se forman.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva est\u00e1 autorizada a agrupar clubes en distritos y establecer los l\u00edmites respectivos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Eliminaci\u00f3n y modificaci\u00f3n de l\u00edmites.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 modificar los l\u00edmites de un distrito con menos de 20 clubes o 1100 rotarios o fusionar los clubes de dichos distritos con distritos adyacentes o dividir un distrito con m\u00e1s de 100 clubes o 5400 rotarios. De lo contrario, no se modificar\u00e1n los l\u00edmites de un distrito si a ello se opone la mayor\u00eda de sus clubes. La Directiva solo podr\u00e1 eliminar o modificar los l\u00edmites de un distrito despu\u00e9s de haber consultado con los gobernadores y los clubes de los distritos en cuesti\u00f3n y dado a estos la debida oportunidad para hacer recomendaciones sobre el cambio propuesto. Al momento de proponer los cambios, la Directiva tendr\u00e1 en cuenta los l\u00edmites geogr\u00e1ficos, el potencial<\/p>\n\n\n\n<p>para el crecimiento del distrito y otros factores relevantes como cultura, recursos econ\u00f3micos e idioma. La Directiva establecer\u00e1 las pautas necesarias en materia de administraci\u00f3n, liderazgo y representaci\u00f3n de los distritos que se organicen o fusionen en el futuro.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Clubes ubicados en la misma \u00e1rea.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los clubes de una misma ciudad, condado, municipio o \u00e1rea urbana no podr\u00e1n ser asignados a diferentes distritos sin la aprobaci\u00f3n de la mayor\u00eda de dichos clubes. Los clubes ubicados dentro de la misma localidad tienen el derecho de solicitar que se los asigne a un mismo distrito. Podr\u00e1n ejercer tal derecho mediante una petici\u00f3n ante la Directiva, emitida por la mayor\u00eda de dichos clubes. La Directiva asignar\u00e1 a todos los clubes al mismo distrito en un plazo de dos a\u00f1os desde la recepci\u00f3n de la petici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>15.020. <em>Seminarios de capacitaci\u00f3n para presidentes electos de club (PETS).<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Anualmente se celebrar\u00e1 el Seminario de capacitaci\u00f3n para presidentes electos de club (PETS), ya sea distrital o multidistrital, preferiblemente en febrero o marzo, para orientar y capacitar a los presidentes electos de los clubes del distrito, seg\u00fan lo determine la Directiva. Ser\u00e1 responsabilidad de los gobernadores electos planificar, conducir, dirigir y supervisar el PETS.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>15.030. <em>Asamblea distrital de capacitaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Anualmente, se celebrar\u00e1 una Asamblea distrital (o multidistrital) de capacitaci\u00f3n, preferiblemente en marzo, abril o mayo, para desarrollar a los l\u00edderes de club que cuentan con las destrezas, la motivaci\u00f3n y los conocimientos necesarios para: mantener y\/o aumentar el n\u00famero de socios, implementar con \u00e9xito proyectos que aborden los problemas de sus propias comunidades y las de otros pa\u00edses, y apoyar a LFR mediante la participaci\u00f3n en programas y contribuciones econ\u00f3micas. Ser\u00e1 responsabilidad de los gobernadores electos planificar, conducir, dirigir y supervisar la Asamblea distrital de capacitaci\u00f3n. En circunstancias excepcionales, la Directiva podr\u00e1 autorizar que la Asamblea distrital de capacitaci\u00f3n se celebre en una fecha distinta a la establecida en esta secci\u00f3n. Participar\u00e1n espec\u00edficamente los presidentes y l\u00edderes entrantes del club<\/p>\n\n\n\n<p><strong>15.040. <em>Conferencia de distrito y reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Fecha.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Deber\u00e1 celebrarse anualmente una conferencia de distrito en la fecha que decidan el gobernador y los presidentes de la mayor\u00eda de los clubes. El gobernador propuesto podr\u00e1 comenzar a planificar la conferencia una vez que sea seleccionado y ratificado por el secretario general. La fecha de la conferencia no podr\u00e1 interferir con las de la Asamblea distrital de capacitaci\u00f3n, la Asamblea Internacional ni la Convenci\u00f3n Internacional. La Directiva podr\u00e1 autorizar a dos o m\u00e1s distritos para que celebren sus conferencias conjuntamente. El distrito, adem\u00e1s, podr\u00e1 celebrar una reuni\u00f3n para tratar su legislaci\u00f3n en el lugar y la fecha que determine el gobernador, despu\u00e9s de haber notificado a todos los clubes con 21 d\u00edas de antelaci\u00f3n. Cuando la mayor\u00eda de los clubes eleve una solicitud para convocar una reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito, indicando los proyectos que se analizar\u00e1n, el gobernador convocar\u00e1 tal reuni\u00f3n dentro de las ocho semanas de haber recibido la solicitud.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Selecci\u00f3n de la sede.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La selecci\u00f3n de la sede deber\u00e1 ser aprobada por el gobernador propuesto y por la mayor\u00eda de los presidentes de los clubes en ejercicio. Asimismo, la Directiva podr\u00e1 aprobar que el gobernador propuesto y la mayor\u00eda de aquellos que desempe\u00f1ar\u00e1n la presidencia de los clubes durante el mismo a\u00f1o seleccionen la sede de la conferencia. Si un club no hubiera seleccionado a su futuro presidente, el presidente en ejercicio emitir\u00e1 su voto en la selecci\u00f3n de la sede.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Decisiones adoptadas por la conferencia y la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En la conferencia o la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito se podr\u00e1n aprobar recomendaciones sobre asuntos de importancia para el distrito, siempre que las mismas no contravengan los <em>Estatutos <\/em>ni el <em>Reglamento de RI, <\/em>y est\u00e9n en armon\u00eda con el esp\u00edritu y los principios de Rotary. En toda conferencia y la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n se analizar\u00e1n y adoptar\u00e1 una decisi\u00f3n respecto a los asuntos que se sometan.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Secretario de la conferencia.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Previa consulta con el presidente del club anfitri\u00f3n, el gobernador nombrar\u00e1 al secretario de la conferencia, quien colaborar\u00e1 con el gobernador en la planificaci\u00f3n de la reuni\u00f3n y la redacci\u00f3n de las actas.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Informe sobre la conferencia.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Dentro de los 30 d\u00edas posteriores a la conferencia, el gobernador o el presidente de la conferencia, junto con el secretario, preparar\u00e1 un informe de las actas de la reuni\u00f3n y lo enviar\u00e1 al secretario general y al secretario de cada club del distrito.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>15.050. <em>Votaci\u00f3n en la conferencia y en la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n del distrito.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Electores.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cada club seleccionar\u00e1 y certificar\u00e1 al menos a un elector para la Conferencia de distrito y la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n (si corresponde). Todo club con m\u00e1s de 25 socios tendr\u00e1 un elector adicional por cada 25 socios adicionales o fracci\u00f3n mayor de la mitad de dicho n\u00famero. Consecuentemente, un club con hasta 37 socios tendr\u00e1 derecho a un elector, un club que tenga entre 38 y 62 socios tendr\u00e1 derecho a dos electores y un club que tenga entre 63 y 87 socios tendr\u00e1 derecho a tres electores y as\u00ed sucesivamente. El n\u00famero de socios ser\u00e1 el indicado en la \u00faltima factura del club antes de realizarse la votaci\u00f3n, con excepci\u00f3n de los clubes suspendidos, los cuales no podr\u00e1n participar en la elecci\u00f3n. Los electores ser\u00e1n socios del club que representan. Deber\u00e1n, adem\u00e1s, estar presentes en la conferencia o la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n para poder emitir su voto. A fin de que los electores puedan participar en cualquier votaci\u00f3n que tenga lugar en la Conferencia de distrito, todo club habr\u00e1 abonado la cuota del fondo distrital acordada para el a\u00f1o rotario en que se realizar\u00e1 la votaci\u00f3n y estar\u00e1 al d\u00eda en sus obligaciones financieras para con el distrito. El gobernador determinar\u00e1 la situaci\u00f3n financiera del club.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Procedimientos para la votaci\u00f3n en la conferencia y la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo socio de un club al d\u00eda en el cumplimiento de sus obligaciones presente en la conferencia o la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n tendr\u00e1 derecho a votar por los asuntos que se sometan, con excepci\u00f3n de los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>la selecci\u00f3n del gobernador propuesto;<ul><li>la elecci\u00f3n de un miembro titular o un suplente del Comit\u00e9 de Propuestas para Director;<\/li><\/ul><ul><li>la composici\u00f3n y atribuciones del Comit\u00e9 de Propuestas para Gobernador;<\/li><\/ul><ul><li>la elecci\u00f3n del representante y suplente ante el Consejo de Legislaci\u00f3n y el Consejo de Resoluciones; y<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>el monto de la cuota per c\u00e1pita distrital.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Todo socio al d\u00eda en sus obligaciones presente podr\u00e1 solicitar que se someta a votaci\u00f3n cualquier asunto que se eleve a la conferencia o la reuni\u00f3n para tratar la legislaci\u00f3n<em>, <\/em>aun cuando el socio no est\u00e9 habilitado a votar por el asunto. En tales casos, solo los electores tendr\u00e1n derecho a voto. Cuando se proceda a la votaci\u00f3n de los asuntos indicados en los apartados (a), (b), (c) y (d), los electores de un club con m\u00e1s de un voto deber\u00e1n emitir todos sus votos por un mismo candidato o propuesta. En las votaciones mediante papeleta \u00fanica transferible, cuando haya tres o m\u00e1s candidatos, los electores de un club con m\u00e1s de un voto deber\u00e1n emitir todos sus votos en el mismo orden de preferencia.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Apoderados.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Con el consentimiento del gobernador, un club podr\u00e1 designar un apoderado para representar a un elector ausente, quien podr\u00e1 ser socio de cualquier club del distrito. La designaci\u00f3n del apoderado deber\u00e1 ser certificada por el presidente y el secretario del club. El apoderado podr\u00e1 votar en nombre del elector ausente, adem\u00e1s de emitir cualquier otro voto al que tenga derecho.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Votaci\u00f3n por papeleta en el distrito.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todas las decisiones y elecciones que seg\u00fan el <em>Reglamento <\/em>pueden realizarse en la conferencia o asamblea de capacitaci\u00f3n podr\u00e1n estar sujetas a votaci\u00f3n de los clubes. Para este tipo de votaci\u00f3n, los clubes deber\u00e1n observar lo m\u00e1s estrictamente posible los procedimientos de la secci\u00f3n 12.050.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>15.060. <em>Finanzas del distrito.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Fondo distrital.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo distrito, mediante resoluci\u00f3n adoptada en la conferencia, podr\u00e1 establecer un Fondo Distrital para el financiamiento de proyectos patrocinados por el distrito y la gesti\u00f3n y desarrollo de Rotary dentro del distrito. Toda persona que incumpliese los requisitos financieros, ya sea por administraci\u00f3n indebida del Fondo Distrital o infracci\u00f3n del inciso 15.060.4., no podr\u00e1 ocupar cargo alguno a nivel de RI o de distrito hasta haber resuelto cualquier irregularidad financiera en el distrito.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Aprobaci\u00f3n de la cuota per c\u00e1pita distrital.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los socios abonar\u00e1n una cuota per c\u00e1pita distrital para financiar el Fondo Distrital. Dicho importe se decidir\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>en la Conferencia de distrito, por mayor\u00eda de los electores presentes y votantes, o<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>en la Asamblea de capacitaci\u00f3n o el PETS, con la aprobaci\u00f3n de las tres cuartas partes de los presidentes entrantes, incluidos todos los representantes designados seg\u00fan lo dispuesto en el Art\u00edculo 11, secci\u00f3n 5(c) de los <em>Estatutos prescritos a los clubes rotarios<\/em>.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas per c\u00e1pita distritales.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El pago de la cuota per c\u00e1pita distrital es obligatorio para todos los clubes del distrito. Los gobernadores reportar\u00e1n a la Directiva los clubes que no hubieran realizado el pago de las cuotas por m\u00e1s de seis meses. La Directiva suspender\u00e1 los servicios que RI presta al club hasta que este saldase su deuda.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Declaraci\u00f3n e informe anual sobre las finanzas del distrito.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Dentro de un a\u00f1o de haber concluido su mandato en calidad de gobernador, el exgobernador inmediato deber\u00e1 proporcionar a todos los clubes una declaraci\u00f3n y un informe anual de las finanzas del distrito revisados independientemente. El exgobernador inmediato presentar\u00e1 la declaraci\u00f3n y el informe para su an\u00e1lisis y formal aprobaci\u00f3n en una reuni\u00f3n distrital, a la cual todos los clubes tengan derecho a enviar un representante y hayan sido convocados con 30 d\u00edas de antelaci\u00f3n. Como alternativa, el exgobernador inmediato, dentro de un a\u00f1o de haber concluido su mandato como gobernador, podr\u00e1 solicitar al gobernador de distrito que la aprobaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n y del informe se efect\u00fae mediante una votaci\u00f3n de los clubes. Para el efecto, la declaraci\u00f3n y el informe deber\u00e1n enviarse con 30 d\u00edas de antelaci\u00f3n a la fecha en que se realice la mencionada votaci\u00f3n. El gobernador iniciar\u00e1 el proceso dentro de los 30 d\u00edas de haber recibido la solicitud del exgobernador inmediato.<\/p>\n\n\n\n<p>La revisi\u00f3n podr\u00e1 estar a cargo de un contador p\u00fablico titulado o un Comit\u00e9 Distrital de Auditor\u00eda. Dicho comit\u00e9 deber\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>estar compuesto por un m\u00ednimo de tres socios activos, seleccionados conforme al procedimiento que establezca el distrito;<ul><li>contar al menos con un integrante que sea exgobernador o una persona independiente con competencia financiera;<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>no incluir entre sus integrantes al gobernador, tesorero, signatarios de las cuentas bancarias del distrito o miembros del Comit\u00e9 de Finanzas en funciones.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La declaraci\u00f3n deber\u00e1 incluir, entre otros:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>la procedencia de todos los fondos distritales (RI, LFR, los clubes y el distrito);<\/li>\n\n\n\n<li>los fondos recibidos por el distrito, o en nombre de este, provenientes de actividades de recaudaci\u00f3n de fondos;<\/li>\n\n\n\n<li>las subvenciones otorgadas por LFR o fondos de LFR que, por disposici\u00f3n del distrito, puedan utilizarse;<\/li>\n\n\n\n<li>las transacciones financieras de los comit\u00e9s distritales;<\/li>\n\n\n\n<li>las transacciones financieras que el gobernador hubiera efectuado por el distrito o en nombre del distrito;<\/li>\n\n\n\n<li>los desembolsos realizados con fondos del distrito, y<\/li>\n\n\n\n<li>los fondos que el gobernador recibi\u00f3 de RI.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 16 Gobernadores<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>16.010. <em>Condiciones que debe reunir el gobernador propuesto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que la Directiva as\u00ed lo eximiera, el rotario elegido gobernador propuesto deber\u00e1 en el momento de su selecci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>ser socio de un club en funcionamiento del distrito y estar al d\u00eda con todas sus obligaciones;<\/li>\n\n\n\n<li>haber ejercido la presidencia de un club por un per\u00edodo completo o el cargo de presidente fundador de un club al menos seis meses;<\/li>\n\n\n\n<li>haber demostrado su disposici\u00f3n, compromiso y capacidad para cumplir con los deberes y las responsabilidades del gobernador que se delinean en la secci\u00f3n 16.030;<\/li>\n\n\n\n<li>demostrar que entiende los requisitos, los deberes y las responsabilidades del gobernador que se prescriben en este <em>Reglamento; <\/em>y<\/li>\n\n\n\n<li>remitir a RI una declaraci\u00f3n en la que conste que el rotario comprende dichos requisitos, deberes y responsabilidades, est\u00e1 cualificado para el cargo de gobernador y que est\u00e1 dispuesto y capacitado para asumir y cumplir fielmente tales deberes y responsabilidades.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>16.020. <em>Condiciones que debe reunir el gobernador.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que hubiera sido dispensado por la Directiva, el gobernador, en el momento de tomar posesi\u00f3n del cargo, deber\u00e1 haber asistido a la Asamblea Internacional en toda su duraci\u00f3n, haber sido rotario durante siete a\u00f1os como m\u00ednimo y reunir las condiciones enumeradas en la secci\u00f3n 16.010.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>16.030. <em>Deberes del gobernador.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobernador es el funcionario de RI en el distrito y act\u00faa bajo el control y la supervisi\u00f3n general de la Directiva. El gobernador inspirar\u00e1 y motivar\u00e1 a los clubes del distrito. Propiciar\u00e1, adem\u00e1s, la continuidad en el distrito, mediante la colaboraci\u00f3n con los l\u00edderes distritales actuales, anteriores y entrantes. El gobernador es responsable de:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>organizar clubes nuevos;<\/li>\n\n\n\n<li>fortalecer los clubes actuales;<\/li>\n\n\n\n<li>promover el aumento de socios;<\/li>\n\n\n\n<li>colaborar con los l\u00edderes distritales y de club para fomentar la participaci\u00f3n en el Plan de Liderazgo Distrital seg\u00fan sea elaborado por la Directiva;<\/li>\n\n\n\n<li>promover el Objetivo de Rotary con su liderazgo y la supervisi\u00f3n de los clubes del distrito;<\/li>\n\n\n\n<li>apoyar a La Fundaci\u00f3n Rotaria;<\/li>\n\n\n\n<li>promover relaciones cordiales entre los clubes y clubes Rotaract y entre dichos clubes y RI;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>organizar y presidir la Conferencia de distrito, y ayudar al gobernador electo a organizar y coordinar el PETS y la Asamblea distrital de capacitaci\u00f3n;<\/li>\n\n\n\n<li>efectuar la visita oficial a cada club, ya sea de manera individual o con varios clubes, y aprovechar la presencia del gobernador para:<ul><li>hacer hincapi\u00e9 en asuntos importantes de Rotary;<\/li><\/ul><ul><li>dar atenci\u00f3n especial a los clubes deficientes o con dificultades;<\/li><\/ul><ul><li>motivar a los rotarios a participar en actividades de servicio;<\/li><\/ul><ul><li>asegurarse de que los estatutos y reglamento de los clubes est\u00e9n en consonancia con los documentos estatutarios de RI, especialmente despu\u00e9s de cada Consejo de Legislaci\u00f3n; y<\/li><\/ul>\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>reconocer personalmente las contribuciones destacadas efectuadas por los rotarios del distrito.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li>publicar una comunicaci\u00f3n mensual para los clubes;<\/li>\n\n\n\n<li>presentar a RI con prontitud los informes que requieran el presidente o la Directiva;<\/li>\n\n\n\n<li>proporcionar al gobernador electo, antes de la Asamblea Internacional, informaci\u00f3n completa sobre la situaci\u00f3n de los clubes del distrito y las medidas que recomienda para su fortalecimiento;<\/li>\n\n\n\n<li>cerciorarse de que las candidaturas y las elecciones distritales se efect\u00faen de conformidad con los documentos estatutarios y las normas establecidas por RI;<\/li>\n\n\n\n<li>averiguar peri\u00f3dicamente sobre las actividades de las organizaciones rotarias en el distrito;<\/li>\n\n\n\n<li>transferir los archivos del distrito al gobernador electo; y<\/li>\n\n\n\n<li>cumplir con otros deberes inherentes a un funcionario de RI.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>16.040. <em>Deberes del gobernador de RIBI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los gobernadores de RIBI deber\u00e1n cumplir sus deberes conforme a las pr\u00e1cticas tradicionales del \u00e1rea bajo la direcci\u00f3n del Consejo General, y de manera compatible con los <em>Estatutos <\/em>y el <em>Reglamento de RIBI. <\/em>El gobernador presentar\u00e1 a RI con prontitud los informes que requieran el presidente o la Directiva y cumplir\u00e1 con otros deberes inherentes a un funcionario de RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>16.050. <em>Destituci\u00f3n del cargo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El presidente de RI podr\u00e1 destituir al gobernador, si a su juicio, no cumple debidamente con sus deberes y responsabilidades. El presidente informar\u00e1 al gobernador que dispone de 30 d\u00edas para exponer las razones por las cuales no debe ser depuesto del cargo. Si al finalizar el per\u00edodo de 30 d\u00edas, el gobernador no hubiera expuesto, a juicio del presidente, razones satisfactorias, este podr\u00e1 destituirlo del cargo. No se considerar\u00e1 exgobernador de distrito a ning\u00fan gobernador que sea destituido del cargo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>16.060. <em>Vacante en el cargo de gobernador.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vicegobernador.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El Comit\u00e9 de Propuestas para Gobernador podr\u00e1 elegir a un exgobernador, propuesto por el gobernador electo, para el cargo de vicegobernador, quien prestar\u00e1 servicios durante el a\u00f1o siguiente a su elecci\u00f3n. Si el Comit\u00e9 de Propuestas no selecciona un candidato, el gobernador electo podr\u00e1 seleccionar a un exgobernador en calidad de<\/p>\n\n\n\n<p>vicegobernador. La funci\u00f3n del vicegobernador es reemplazar al gobernador en caso de discapacidad temporal o permanente que impida a este \u00faltimo cumplir con las funciones del cargo.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Vacante permanente en el cargo de gobernador.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>De no contarse con un vicegobernador, la Directiva podr\u00e1 elegir a un exgobernador, preferentemente del mismo distrito, para que cubra la vacante por el resto del mandato. El presidente podr\u00e1 designar a un exgobernador, preferentemente del mismo distrito, en calidad de gobernador interino hasta que la Directiva cubra la vacante.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Discapacidad temporal de un gobernador para ejercer el cargo.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Si el gobernador se ve impedido temporalmente de cumplir con las funciones del cargo y de no contarse con un vicegobernador, el presidente podr\u00e1 designar a un exgobernador, preferentemente del mismo distrito, en calidad de gobernador interino.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 17 Comit\u00e9s<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>17.010. <em>Comit\u00e9s permanentes y otros.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva nombrar\u00e1 los siguientes comit\u00e9s permanentes:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Estatutos y Reglamento<\/li>\n\n\n\n<li>Creaci\u00f3n y Delimitaci\u00f3n de Distritos<\/li>\n\n\n\n<li>Revisi\u00f3n de Irregularidades Electorales<\/li>\n\n\n\n<li>Finanzas<\/li>\n\n\n\n<li>Membres\u00eda<\/li>\n\n\n\n<li>Revisi\u00f3n de las Operaciones<\/li>\n\n\n\n<li>Planificaci\u00f3n Estrat\u00e9gica<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 establecer otros comit\u00e9s que considere necesarios. En cuanto a los comit\u00e9s permanentes y otros, a Directiva establecer\u00e1:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>el n\u00famero de miembros;<\/li>\n\n\n\n<li>el per\u00edodo de sus funciones;<\/li>\n\n\n\n<li>los requisitos para los miembros;<\/li>\n\n\n\n<li>los deberes y atribuciones; y<\/li>\n\n\n\n<li>la continuidad de los integrantes de un a\u00f1o a otro.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>17.020. <em>Comit\u00e9 de Auditor\u00eda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva y el Consejo de Fiduciarios de LFR nombrar\u00e1n un Comit\u00e9 de Auditor\u00eda, cuyos integrantes deber\u00e1n ser independientes y poseer competencia financiera. El presidente de RI, la Directiva, el presidente del Consejo de Fiduciarios, el Consejo de Fiduciarios de LFR o el presidente del Comit\u00e9 decidir\u00e1 el lugar, la fecha, la modalidad y el m\u00e9todo para la convocatoria de las reuniones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.030. <em>Comit\u00e9s Conjuntos de RI y LFR.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de los comit\u00e9s que simult\u00e1neamente prestan servicio a RI y a LFR, la Directiva y el Consejo de Fiduciarios determinar\u00e1n conjuntamente el n\u00famero, el per\u00edodo de funciones, los requisitos, los deberes y la continuidad de sus integrantes de un a\u00f1o a otro.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.040. <em>Composici\u00f3n de los comit\u00e9s.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que se indique lo contario en este <em>Reglamento<\/em>, el presidente de RI nombrar\u00e1 a los miembros de los comit\u00e9s y de cualquier subcomit\u00e9, previa consulta con la Directiva. Los rotaractianos podr\u00e1n integrar los comit\u00e9s. El presidente de RI designar\u00e1 al presidente de cada comit\u00e9 y subcomit\u00e9 y ser\u00e1 miembro ex oficio de todos los comit\u00e9s de RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.050. <em>Reuniones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que se indique lo contrario en este <em>Reglamento<\/em>, el presidente de RI decidir\u00e1 la fecha, el lugar, la modalidad y el m\u00e9todo de convocatoria de todas las reuniones de los comit\u00e9s y subcomit\u00e9s. La mayor\u00eda de los miembros constituir\u00e1 qu\u00f3rum, y las decisiones adoptadas por la mayor\u00eda de los miembros presentes en una reuni\u00f3n con qu\u00f3rum ser\u00e1n las decisiones del comit\u00e9 o subcomit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.060. <em>Duraci\u00f3n en el cargo.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que se indique lo contrario en este <em>Reglamento<\/em>, ninguna persona podr\u00e1 integrar el mismo comit\u00e9 de RI por m\u00e1s de un mandato. Toda persona que haya integrado un comit\u00e9 por un mandato completo no podr\u00e1 ser designada posteriormente para integrar el mismo comit\u00e9. Esta secci\u00f3n no rige para los comit\u00e9s ad hoc ni los miembros ex oficio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.070. <em>Excepciones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las disposiciones bajo las secciones 17.010. a 17.060. no rigen para ning\u00fan Comit\u00e9 de Propuestas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.080. <em>Secretario de los comit\u00e9s.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El secretario general ser\u00e1 el secretario de todos los comit\u00e9s, salvo que la Directiva dispusiera lo contrario. El secretario general podr\u00e1 designar a otra persona para que sirva en calidad de secretario.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.090. <em>Qu\u00f3rum.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los miembros de un comit\u00e9 constituir\u00e1 qu\u00f3rum en sus reuniones, a menos que este <em>Reglamento <\/em>o la Directiva dispusiera lo contrario.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.100. <em>Gesti\u00f3n de los asuntos.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Salvo que este <em>Reglamento <\/em>disponga lo contrario, los comit\u00e9s podr\u00e1n gestionar sus asuntos por cualquier medio de comunicaci\u00f3n, seg\u00fan las normas de procedimiento que prescriba la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>17.110. <em>Autoridad sobre los comit\u00e9s.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Conforme al apartado 5.010.2 (c)., todos los comit\u00e9s funcionar\u00e1n bajo el control y la supervisi\u00f3n de la Directiva. Excepto la decisi\u00f3n que tome el Comit\u00e9 de Propuestas para Presidente en la selecci\u00f3n del presidente propuesto, todos los acuerdos y las decisiones de los comit\u00e9s estar\u00e1n sujetos a la aprobaci\u00f3n de la Directiva. No obstante, la Directiva tendr\u00e1 jurisdicci\u00f3n sobre todo acuerdo o decisi\u00f3n que infrinja el Art\u00edculo 13.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 18 Asuntos econ\u00f3micos<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>18.010. <em>A\u00f1o fiscal.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El a\u00f1o fiscal de RI comienza el 1 de julio y finaliza el 30 de junio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.020. <em>Informes de los clubes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo club o club Rotaract remitir\u00e1 a RI un informe del n\u00famero de socios al 1 de julio y al 1 de enero de cada a\u00f1o o en las fechas que establezca la Directiva,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.030. <em>Cuotas.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas per c\u00e1pita.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club paga a RI las siguientes cuotas per c\u00e1pita por cada socio: USD 35,50 por semestre en 2022-2023, USD 37,50 por semestre en 2023-2024, USD 39,25 por semestre en 2024-2025, USD 41 por semestre en 2025-2026 y en adelante. El monto de estas cuotas permanecer\u00e1 constante hasta que lo modifique el Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas per c\u00e1pita para clubes Rotaract<\/em>.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club Rotaract abonar\u00e1 a RI cuotas per c\u00e1pita por cada rotaractiano por el monto que determine la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas adicionales per c\u00e1pita.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Anualmente, los clubes pagan a RI una cuota adicional per c\u00e1pita por la cantidad que especifique la Directiva, que sea suficiente para cubrir los gastos proyectados para el siguiente Consejo de Legislaci\u00f3n y el Consejo de Resoluciones. Estas cuotas se destinan exclusivamente a los gastos de los representantes ante el Consejo y otros gastos administrativos relacionados con los Consejos, de la manera que disponga la Directiva de RI. La Directiva suministrar\u00e1 a los clubes un informe sobre los ingresos y desembolsos pertinentes. De convocarse una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo, los clubes abonar\u00e1n cuotas adicionales per c\u00e1pita a la brevedad posible.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas pagadas por RIBI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo club o club Rotaract de RIBI pagar\u00e1 sus cuotas per c\u00e1pita a RI, de conformidad con lo dispuesto en los incisos 18.030.1. y 18.030.2., por intermedio de RIBI. RIBI retendr\u00e1 la mitad de las cuotas per c\u00e1pita y remitir\u00e1 la otra mitad a RI.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Ajustes de las cuotas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 devolver una porci\u00f3n de las cuotas a un club o club Rotaract, a su discreci\u00f3n. Tambi\u00e9n podr\u00e1 reducir o posponer el pago de las cuotas per c\u00e1pita si as\u00ed lo solicita un club o club Rotaract cuya localidad hubiera sufrido considerables da\u00f1os a causa de un desastre natural o de otro tipo o si la moneda del pa\u00eds se deval\u00faa a tal grado que el club o club Rotaract debe pagar una cantidad excesiva en su propia moneda para cumplir sus obligaciones para con RI.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.040. <em>Fecha de pago.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Plazo para el pago de cuotas per c\u00e1pita.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Conforme a las disposiciones de los incisos 18.030.1. y 18.030.2., el plazo para el pago de las cuotas per c\u00e1pita vence el 1 de julio y el 1 de enero de cada a\u00f1o o en las fechas que establezca la Directiva. Las cuotas adicionales referidas en el inciso 18.030.3. ser\u00e1n pagaderas al 1 de julio o en las fechas que establezca la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Cuotas prorrateadas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Entre los plazos para el pago de las cuotas, el club o club Rotaract abonar\u00e1 cuotas per c\u00e1pita por los nuevos socios por un monto equivalente a la doceava parte de la cuota per c\u00e1pita anual por cada mes completo de afiliaci\u00f3n. Sin embargo, el club o club Rotaract no tendr\u00e1 que pagar cuotas per c\u00e1pita prorrateadas por un socio que se transfiere o un exsocio de otro club o club Rotaract. Las cuotas per c\u00e1pita prorrateadas son pagaderas el 1 de julio y 1 de enero o en las fechas que establezca la Directiva,<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Moneda.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Las cuotas pagaderas a RI deber\u00e1n hacerse efectivas en d\u00f3lares estadounidenses. Si esta medida fuera imposible o poco pr\u00e1ctica, la Directiva podr\u00e1 autorizar que dicho pago se efect\u00fae en otra moneda. La Directiva podr\u00e1 tambi\u00e9n prorrogar el plazo para el pago de las cuotas cuando se presenten situaciones extremas que ameriten la adopci\u00f3n de tal medida.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Nuevos clubes.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Todo nuevo club o club Rotaract comenzar\u00e1 a pagar cuotas para la fecha que vence el siguiente plazo despu\u00e9s de su ingreso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.050. <em>Presupuesto.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Aprobaci\u00f3n por la Directiva.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva aprobar\u00e1 anualmente el presupuesto de RI para el pr\u00f3ximo a\u00f1o fiscal. El monto total de los gastos presupuestados no superar\u00e1 el total de los ingresos previstos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Revisi\u00f3n del presupuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 revisar el presupuesto cuando lo considere necesario. El total de los gastos presupuestados no superar\u00e1 el total de los ingresos previstos.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Gastos previstos en el presupuesto.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>No se efectuar\u00e1 ning\u00fan desembolso de fondos de RI a menos que est\u00e9 dentro del presupuesto de la Directiva. Es deber y responsabilidad del secretario general garantizar el cumplimiento de esta disposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Gastos que exceden el total de ingresos previstos; situaciones de urgencia o circunstancias imprevistas.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Directiva, con el voto de las tres cuartas partes de todos sus miembros, podr\u00e1 autorizar gastos que excedan los ingresos previstos en una situaci\u00f3n de urgencia o ante circunstancias imprevistas, siempre y cuando no se incurra en ning\u00fan gasto que genere una deuda superior al activo neto de RI. Dentro de los 60 d\u00edas posteriores, el presidente proporcionar\u00e1 informaci\u00f3n detallada a todos los funcionarios de RI y a la Convenci\u00f3n siguiente respecto al desembolso y las circunstancias extraordinarias.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Publicaci\u00f3n anual del presupuesto de RI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>El presupuesto de RI se publicar\u00e1 en el sitio web de RI, seg\u00fan lo decida la Directiva, y se presentar\u00e1 ante los clubes y clubes Rotaract a m\u00e1s tardar el 30 de septiembre de cada a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Gastos que excedan del total de los ingresos previstos; Fondo de reserva de RI.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 18.050.4., la Directiva establecer\u00e1 un objetivo anual de reserva que permita a RI cumplir con sus obligaciones econ\u00f3micas. Si en alg\u00fan momento, las reservas de RI superasen el objetivo establecido por la Directiva, esta podr\u00e1 autorizar, con el voto de las tres cuartas partes de sus integrantes, el desembolso de sumas superiores a los ingresos previstos, siempre que tal desembolso no represente una reducci\u00f3n en el Fondo de reserva de RI inferior al objetivo fijado. Dentro de los 60 d\u00edas posteriores, el presidente proporcionar\u00e1 informaci\u00f3n detallada a todos los funcionarios de RI y a la pr\u00f3xima Convenci\u00f3n respecto al objetivo del Fondo de reserva, el desembolso de las sumas superiores y las circunstancias que hubieran motivado tales medidas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.060. <em>Pron\u00f3stico financiero quinquenal.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Revisi\u00f3n anual del pron\u00f3stico quinquenal.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Cada a\u00f1o, la Directiva revisar\u00e1 el pron\u00f3stico financiero quinquenal, en el cual se indicar\u00e1 la evoluci\u00f3n del total de ingresos y gastos de RI, as\u00ed como del activo, el pasivo y el saldo de los fondos de la organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presentaci\u00f3n del pron\u00f3stico quinquenal ante el Consejo de Legislaci\u00f3n. <\/em>La Directiva presentar\u00e1 ante el Consejo de Legislaci\u00f3n el pron\u00f3stico financiero quinquenal, como referencia para toda legislaci\u00f3n con consecuencias econ\u00f3micas. El<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>primer a\u00f1o del pron\u00f3stico financiero quinquenal coincidir\u00e1 con el a\u00f1o del Consejo de Legislaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Presentaci\u00f3n del pron\u00f3stico quinquenal ante los Institutos Rotarios.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Un director u otro representante de la Directiva presentar\u00e1 el pron\u00f3stico financiero quinquenal ante cada Instituto Rotario.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.070. <em>Auditor\u00eda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva dispondr\u00e1 la auditor\u00eda de los libros de RI al menos una vez por a\u00f1o, la cual estar\u00e1 a cargo de contadores p\u00fablicos titulados o auditores de reconocida reputaci\u00f3n en el pa\u00eds, estado, provincia o departamento en que esta se ejecute. El secretario general someter\u00e1 a revisi\u00f3n los libros y comprobantes requeridos para la auditor\u00eda cuando as\u00ed lo solicite la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>18.080. <em>Informe.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El secretario general se encargar\u00e1 de publicar en el sitio web de RI los estados financieros auditados con las notas correspondientes y documentos complementarios (de haberlos), as\u00ed como un informe anual a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre siguiente al cierre del ejercicio fiscal. El secretario general reportar\u00e1, adem\u00e1s, por rubro separado, todos los gastos reembolsados al presidente, la oficina del presidente, al presidente electo, al presidente propuesto y a cada uno de los directores y directores electos as\u00ed como todos los pagos efectuados en nombre de estos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 19 Nombre y emblema<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>19.010. <em>Preservaci\u00f3n de la propiedad intelectual de RI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva mantendr\u00e1 y preservar\u00e1 el nombre, emblema, distintivo y otras insignias de RI para uso y beneficio exclusivos de los rotarios y rotaractianos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>19.020. <em>Limitaciones en el uso de la propiedad intelectual de RI.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ning\u00fan club, club Rotaract o socio est\u00e1 facultado para usar el nombre, emblema, distintivo u otras insignias de RI, un club o club Rotaract como marca registrada, nombre especial en art\u00edculos, o con fines comerciales. RI no admite ni reconoce el uso de tal nombre, emblema, distintivo o insignia en combinaci\u00f3n con otro nombre o emblema.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 20 Otras reuniones<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>20.010. <em>Asamblea Internacional<\/em>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Finalidad.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El prop\u00f3sito de la Asamblea Internacional es formar, motivar e inspirar a los gobernadores electos y ofrecer a los participantes la oportunidad de analizar y planificar la implementaci\u00f3n de los programas y actividades de Rotary para el siguiente a\u00f1o rotario.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Lugar y fecha<\/em>.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Directiva dispondr\u00e1 el lugar y la fecha de la Asamblea Internacional. El presidente electo es responsable del programa y presidir\u00e1 todo comit\u00e9 a cargo de supervisar los preparativos pertinentes. La Asamblea tendr\u00e1 lugar anualmente antes del 15 de febrero.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Participantes.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Los participantes autorizados a asistir a la Asamblea Internacional son: el presidente, el presidente electo, los directores, el presidente propuesto, los directores electos, los directores propuestos, el secretario general, los gobernadores electos, los funcionarios propuestos de RIBI, los presidentes de los comit\u00e9s de RI y las dem\u00e1s personas que la Directiva designe.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Asambleas especiales o seccionales.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Frente a circunstancias excepcionales o una emergencia, la Directiva dispondr\u00e1 la celebraci\u00f3n de dos o m\u00e1s asambleas especiales o seccionales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>20.020. <em>Institutos Rotarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El presidente autoriza la convocatoria de los Institutos Rotarios, los cuales son reuniones informativas anuales dirigidas a los funcionarios, exfuncionarios y funcionarios entrantes de RI, rotarios y otras personas que el convocador invite. Los Institutos Rotarios se organizan a nivel de RI, zona, secci\u00f3n de zona o grupos de zonas. El convocador someter\u00e1 un informe sobre los proyectos de legislaci\u00f3n y las resoluciones analizadas, as\u00ed como las decisiones adoptadas respectivamente por el Consejo de Legislaci\u00f3n y Consejo de Resoluciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>20.030. <em>Consejo de expresidentes.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Composici\u00f3n.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Funcionar\u00e1 un Consejo permanente integrado por expresidentes que sean socios de un club. El presidente de RI ser\u00e1 miembro ex oficio no votante de dicho Consejo con el privilegio de asistir a sus reuniones y tomar parte en sus deliberaciones. El pen\u00faltimo expresidente presidir\u00e1 el Consejo, el expresidente inmediato ocupar\u00e1 la vicepresidencia, y el secretario general oficiar\u00e1 en calidad de secretario, pero no integrar\u00e1 el mismo.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Deberes<\/em>.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El Consejo de expresidentes tratar\u00e1 aquellos asuntos que le sean remitidos por el presidente o la Directiva, y podr\u00e1 asesorar y hacer las recomendaciones del caso a la Directiva. El Consejo actuar\u00e1 tambi\u00e9n, a petici\u00f3n de la Directiva, como mediador en asuntos relacionados con clubes, distritos y funcionarios.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><em>Reuniones.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>El presidente o la Directiva podr\u00e1 convocar una reuni\u00f3n del Consejo de expresidentes, el cual podr\u00e1 reunirse tambi\u00e9n durante la Convenci\u00f3n anual y\/o la Asamblea Internacional. El presidente del Consejo elevar\u00e1 un informe escrito ante la Directiva despu\u00e9s de cada reuni\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>20.040. <em>Procedimiento para las reuniones.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En cada reuni\u00f3n, asamblea, conferencia o Convenci\u00f3n de Rotary, el funcionario que presida dicho evento decidir\u00e1 sobre todo procedimiento no tratado espec\u00edficamente en los <em>Estatutos <\/em>o el <em>Reglamento <\/em>o reglas especiales de procedimiento que adopte RI. Tales procedimientos ser\u00e1n justos para todos los interesados y sujetos a apelaci\u00f3n ante el cuerpo de participantes.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 21 Revista oficial<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>21.010. <em>Autoridad para publicar la revista oficial.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva publicar\u00e1 una revista oficial de RI en tantas versiones como la Directiva autorice, siendo la edici\u00f3n b\u00e1sica en el idioma ingl\u00e9s<em>. <\/em>La finalidad de la publicaci\u00f3n oficial es servir de apoyo a la Directiva en la promoci\u00f3n de los prop\u00f3sitos de RI y el logro del Objetivo de Rotary.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>21.020. <em>Precio de la suscripci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>21.020.1. <em>Obligatoriedad de suscripci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Todo socio se subscribir\u00e1 a la revista oficial o a la revista de Rotary que la Directiva apruebe y prescriba para dicho club mientras dure su calidad de socio. Dos rotarios que residan en un mismo domicilio podr\u00e1n suscribirse conjuntamente a una revista oficial. La Directiva fijar\u00e1 las cuotas de suscripci\u00f3n a toda edici\u00f3n de la revista oficial. Los clubes cobrar\u00e1n las cuotas de suscripci\u00f3n para remitirlas a RI. Los socios tendr\u00e1n la opci\u00f3n de recibir un ejemplar impreso o un ejemplar electr\u00f3nico (de estar disponible). La Directiva podr\u00e1 dispensar a un club del cumplimiento de esta secci\u00f3n, cuando sus socios no dominen el idioma de la revista oficial o el de la revista de Rotary que la Directiva aprobase para dicho club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>21.020.2 <em>Ingresos de la revista.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los ingresos que genere la revista durante el a\u00f1o en curso se usar\u00e1n exclusivamente para la publicaci\u00f3n y mejoras a la misma. A menos que la Directiva disponga lo contrario, todo excedente de ingresos sobre gastos que se registre al finalizar el a\u00f1o se transferir\u00e1 al Fondo de reserva de RI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 22 La Fundaci\u00f3n Rotaria<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>22.010. <em>Finalidad de La Fundaci\u00f3n Rotaria.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>LFR es una entidad destinada exclusivamente para fines educativos y caritativos y su gesti\u00f3n estar\u00e1 a cargo del Consejo de Fiduciarios, de conformidad con lo establecido en su documento constitucional y su reglamento. Estos documentos solo podr\u00e1n ser enmendados por los fiduciarios con autorizaci\u00f3n de la Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>22.020. <em>Fiduciarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Habr\u00e1 15 fiduciarios propuestos por el presidente electo de RI y elegidos por la Directiva el a\u00f1o anterior al cual asumir\u00e1n sus funciones. Cuatro fiduciarios ser\u00e1n expresidentes de RI. Todos los fiduciarios deber\u00e1n cumplir con los requisitos establecidos en el <em>Reglamento de LFR. <\/em>De presentarse una vacante, el presidente propondr\u00e1 un candidato, quien ser\u00e1 elegido por la Directiva para el resto del mandato. Los fiduciarios desempe\u00f1ar\u00e1n el cargo durante cuatro a\u00f1os sin remuneraci\u00f3n alguna, y podr\u00e1n ser reelegidos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>22.030. <em>Gastos de los fiduciarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los fiduciarios podr\u00e1n utilizar los activos de la Fundaci\u00f3n para efectuar gastos siempre que cuenten con la autorizaci\u00f3n de la Directiva, salvo que se trate de los siguientes gastos para los cuales bastar\u00e1 la aprobaci\u00f3n de los fiduciarios:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>gastos necesarios para la administraci\u00f3n de LFR, y<\/li>\n\n\n\n<li>gastos con cargo a los r\u00e9ditos o el capital de las contribuciones a LRF, sujetos a las condiciones de la donaci\u00f3n o legado.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p><strong>22.040. <em>Informes de los fiduciarios.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Al menos una vez al a\u00f1o, los fiduciarios presentar\u00e1n a RI informes sobre los programas y las finanzas de LFR. El secretario general tambi\u00e9n reportar\u00e1, por rubro separado, todos los gastos reembolsados a los fiduciarios, as\u00ed como todos los pagos efectuados en nombre de estos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 23 Indemnizaciones<\/h3>\n\n\n\n<p>La Directiva podr\u00e1 establecer e implementar normas para la indemnizaci\u00f3n de los directores, funcionarios, empleados y agentes de RI.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 24 Mediaci\u00f3n y arbitraje<\/h3>\n\n\n\n<p><strong>24.010. <em>Mediaci\u00f3n o arbitraje obligatorio.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Toda disputa, que involucrase a socios o exsocios de un club y un distrito, RI o un funcionario de RI, y cuando no pueda resolverse amistosamente, salvo que se tratase de una decisi\u00f3n de la Directiva, se resolver\u00e1, si as\u00ed lo solicitara al secretario general una de las partes discordantes, por mediaci\u00f3n y si esta fuera infructuosa se recurrir\u00e1 al arbitraje. Deber\u00e1 presentarse una solicitud por escrito dentro de los 60 d\u00edas de ocurrida la disputa. La Directiva fijar\u00e1 la fecha, el lugar y el procedimiento de la mediaci\u00f3n, dentro de los 90 d\u00edas de recibirse la solicitud.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>24.020. <em>Mediaci\u00f3n.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Directiva establecer\u00e1 el procedimiento para la mediaci\u00f3n, incluida la selecci\u00f3n del mediador, quien ser\u00e1 un rotario imparcial e independiente con la experiencia y los conocimientos requeridos. Cualquiera de las partes podr\u00e1 solicitar como mediador a un rotario que no sea socio de sus respectivos clubes. La decisi\u00f3n del mediador se entregar\u00e1 por escrito tanto a las partes involucradas como al secretario general. Si una de las partes estuviera en desacuerdo con el resultado, esta podr\u00e1 solicitar que se ampl\u00ede la mediaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>24.030. <em>Arbitraje.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si el proceso de mediaci\u00f3n resultase infructuoso, cualquiera de las partes discordantes podr\u00e1 solicitar un arbitraje. La Directiva fijar\u00e1 la fecha, el lugar y el procedimiento del arbitraje. Cada parte nombrar\u00e1 un rotario como \u00e1rbitro. Varias partes con posturas similares, seg\u00fan lo determine la Directiva, nombrar\u00e1n a un \u00e1rbitro. Los \u00e1rbitros, a su<\/p>\n\n\n\n<p>vez, seleccionar\u00e1n como juez a un rotario imparcial e independiente con la experiencia y los conocimientos requeridos. La decisi\u00f3n de los \u00e1rbitros o, si no estuvieran de acuerdo, de los jueces, tendr\u00e1 car\u00e1cter definitivo, deber\u00e1 cumplirse, y no estar\u00e1 sujeta a apelaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>24.040. <em>Gastos de mediaci\u00f3n o arbitraje.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los gastos de mediaci\u00f3n o arbitraje deber\u00e1n dividirse equitativamente entre las partes discordantes, salvo que el mediador, los \u00e1rbitros o el juez decidieran lo contrario.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 25 Enmiendas<\/h3>\n\n\n\n<p>Este <em>Reglamento <\/em>se enmendar\u00e1 \u00fanicamente con el voto mayoritario de los miembros votantes del Consejo de Legislaci\u00f3n o una reuni\u00f3n extraordinaria del Consejo, seg\u00fan lo dispuesto en la Secci\u00f3n 7.090.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Art\u00edculo 1 Definiciones Art\u00edculo 2 Miembros de Rotary International 2.010. Solicitud de ingreso como club miembro de RI. 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